Desde el mes de marzo, la Tesorería General de la República implementará la fase definitiva de la nueva Política de Convenios y Condonaciones, que rebaja hasta en un 80% el monto total de los intereses y multas que tengan los contribuyentes morosos que salden su deuda en su totalidad.
La nueva política comenzó a aplicarse de forma gradual desde octubre de 2015 y hasta la fecha permitió a la Tesorería regularizar el pago de 283 mil 458 millones de pesos y recibir un pago en efectivo de 222 mil 358 millones de pesos.
¿Qué porcentaje se condonará?
El monto a reducir dependerá de la antigüedad de la deuda del contribuyente moroso. Siendo las deudas más recientes las que más condonaciones tendrán:
¿Quiénes pueden optar al beneficio?
Cualquier contribuyente que tenga una deuda tributaria impaga, tanto en impuestos territoriales (contribuciones) como fiscales (IVA, Renta, Aranceles Aduaneros) y que no presente exclusiones por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII).
¿Se podrán repactar deudas?
Con la nueva política también se podrá acceder a convenios de hasta 24 cuotas, con un máximo de condonación de un 50%, que puede llegar hasta un 60% en caso de optar por el “Pronto Pago”, es decir, por un menor número de cuotas. Las facilidades de pago consideran el comportamiento previo y el estado de avance de los procesos de cobro.
La nueva Política de Convenios y Condonaciones incorpora una rebaja adicional en los recargos legales para quienes renegocien por la mitad de las cuotas (5% adicional), y para los que realicen un convenio a tres cuotas o menos (10% adicional).
(*) Los porcentajes de condonación señalados en la tabla corresponden a los máximos y mínimos otorgados según antiguedad o madurez de la deuda.
Los tramos de antiguedad o madurez de la deuda definidos son:
a) < 3 meses
b) 04 ─ 12 meses
c) 13 ─ 24 meses
d) > 24 meses
(**) Los porcentajes de condonación señalados en la tabla para el pago al contacto de la deuda se obtiene sólo pagando a través de la tesorería (www.tesorería.cl).
¿Qué deudas incluye?
La nueva Política de Convenios y Condonaciones es extensiva a todas las deudas morosas con cargo en la Cuenta Única Tributaria sin distinguir organismo o servicio girador. Es importante destacar que la condonación aplica sólo a los recargos legales (intereses y multas); no afecta por tanto al capital adeudado y sus reajustes.
¿Cómo se realiza el pago?
Para realizar el pago de la deuda se debe ingresar a www.tesoreria.cl o acudir a la Red de oficinas de la Tesorería a lo largo del país. El beneficio se genera automáticamente, y si se realiza el pago a través del sitio web, el beneficio de condonación de recargos legales será mayor.