Por Leslie Ayala
Los ministros Juan Cristóbal Mera, Pilar Aguayo Pino y María Cecilia González, de la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, defendieron ante la Corte Suprema el fallo que dictaron el pasado 21 de agosto y en el que elevaron la pena a presidio perpetuo para Enrique Villanueva Molina, ex frentista sindicado como partícipe en el crimen del ex senador UDI Jaime Guzmán.
A través de un informe, se hicieron cargos de los argumentos que la defensa de Villanueva presentó ante el máximo tribunal en el marco de un recurso de queja contra los sentenciadores acusando que hubo un “aumento de pena brutal” por parte de la Corte Santiaguina, en relación a la dictada en primera instancia por el ministro instructor Mario Carroza.
Al respecto, los jueces defendieron su sentencia y aseguraron ante el máximo tribunal que en su fallo “no se ha podido ‘alterar los hechos y el derecho’ aumentando la pena de primera instancia pues, se reitera, la sentencia del ministro señor Carroza fue reproducida casi en su totalidad, de manera que los hechos no se alteraron, se mantuvieron tal cual los estableció el referido ministro, concordando plenamente con lo concluido por este”.
Es más, señalan los magistrados que, “si la pena se aumentó fue por las razones dadas en la sentencia de segunda instancia, a saber, a) no se da en la especie la prescripción gradual de la pena” y tampoco –señalan- están de acuerdo con las otras atenuantes propuestas por el juez instructor Carroza quien otorgó en primera instancia una pena de 5 años y otorgó el beneficio de la libertad vigilada.
“Ninguna falta o abuso se ha cometido y mucho menos una ‘grave’ como lo exige el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, y se han limitado los suscritos a ejercer su jurisdicción en un caso sometido a su decisión, en la forma indicada, esto es, dando por reproducidos todos los argumentos dados por el ministro señor Mario Carroza Espinosa para establecer el delito, la participación como autor de Villanueva Molina y desestimar la prescripción de la acción penal”, dice el informe de respuesta a la queja.
El máximo tribunal deberá revisar esta impugnación de la condena por el crimen del fundador de la UDI, cometido el 1 de abril de 1991.