El acceso a medicamentos de manera online cobra gran importancia en medio de la pandemia que vive el país, por lo que la normativa aprobada por el Ministerio de Salud que permite la venta de fármacos a través de diferentes plataformas, ayuda a evitar la exposición con el exterior y así prevenir un posible contagio de COVID-19.
De acuerdo con el detalle de esta normativa publicada por el Diario Oficial, los productos se comercializan de forma directa, ya sea mediante una receta simple o retenida, excluyendo psicotrópicos y estupefacientes.
Asimismo, en cuanto a las recetas simples, estas se pueden entregar de manera electrónica o una copia digitalizada. Mientras que las recetas retenidas deberán ser entregadas al momento de recibir el producto a domicilio.
Por otra parte, la obtención de los medicamentos se puede realizar a través de aplicaciones delivery, aunque advierte que “la responsabilidad sanitaria por los productos despachados será siempre del establecimiento autorizado para el expendio de medicamentos”.
Junto con lo anterior, los productos se deben ofrecer de manera “clara, oportuna, transparente y veraz”, es decir, la disponibilidad de los fármacos y sus precios deben estar a disposición del cliente/paciente.
Según consignó El Mercurio, el ministro de Salud Jaime Mañalich asegura que se trata de “una modificación permanente no vinculada a la alerta sanitaria”.
Pese a este avance, en el Congreso se discute una Ley de Fármacos II que incluye aquellos detalles que no fueron incluidos en la normativa actual.
Jean-Jacques Duhart, vicepresidente de la Asociación de Productores Locales de Medicamentos (Prolmed), hace hincapié en que la medida dejó fuera medicamentos como ansiolíticos y antidepresivos, los que tienen un alto consumo en el país.
Además, Ana Victoria Nieto, presidenta del Colegio de Químicos Farmacéuticos y Bioquímicos, establece que “si bien se avanza en las definiciones normativas para una realidad visible hace ya tiempo en nuestro país, hay algunos aspectos del proceso que se requiere aclarar con la autoridad sanitaria”, como el caso de la verificación de firmas, evitar la duplicidad de recetas y la mantención de archivo de recetas electrónicas.