Cada 15 de agosto desde 1915, la festividad religiosa de la Asunción de la Virgen es feriado en nuestro país.
De acuerdo a la ley 2.977, en dicho año se fijó la fecha y solo podrá ser modificada por el Presidente de la República, en virtud de concordato con la Santa Sede.
¿Qué se celebra?
Debido a la tradición de las iglesias católica, ortodoxa, ortodoxa oriental y protestantes, la Asunción de la Virgen María corresponde al momento en que es llevada al cielo para estar en compañía de Dios y Jesús ya resucitado.
¿Es un feriado irrenunciable?
Este jueves es feriado religioso, pero no obligatorio según la normativa.
De acuerdo a la Ley, solo son feriados irrenunciables u obligatorios los días 1 de enero, 1 de mayo, 18 y 19 de septiembre y el 25 de diciembre, para todos los trabajadores del comercio establecido, excepto para los casinos, restaurantes, clubes, farmacias y estaciones de servicio.