SII: más de 23.500 contribuyentes aún no emiten facturas electrónicas
El Servicio de Impuestos Internos (SII) informó que actualmente en Chile 313.642 contribuyentes son facturadores electrónicos y que el 86% del total de facturas que se emiten diariamente en el territorio nacional tienen formato digital, lo que mantiene a nuestro país dentro de los líderes de la Región en esta materia.
El organismo entregó estos antecedentes al entrar este lunes en vigencia la obligación legal para que las pymes ubicadas en zonas urbanas, con ventas anuales entre los $61,5 millones y los $2.562 millones, facturen electrónicamente sus operaciones, sistema al que ya se han incorporado 96.420 pequeñas y medianas empresas a lo largo del país.
Sin embargo, hasta ahora hay 23.536 contribuyentes pertenecientes a este segmento que todavía no se han sumado al mecanismo, por lo que el SII reiteró su llamado a quienes aún no se han inscrito a utilizar las herramientas de atención y ayuda que el servicio ha dispuesto especialmente para apoyar el proceso tanto en internet como en todas las oficinas del país, con charlas y apoyo en terreno. En caso de dudas, también pueden acceder a atención telefónica especializada las 24 horas de día y los 7 días de la semana.
Adicionalmente se recuerda que el SII tiene disponible en Internet una aplicación gratuita que permite a cualquier empresa, sin importar su tamaño, inscribirse y emitir Documentos Tributarios Electrónicos, para lo cual solo se requiere disponer de un certificado digital.
Anuncian sanciones de hasta 12 UTM
Como se ha señalado, los contribuyentes que estando obligados a facturar electrónicamente continúen emitiendo documentos en papel se exponen a una sanción consistente en una multa por cada documento, que puede variar entre 1 UTM y 12 UTM.
No obstante, y sólo mientras completa su proceso de incorporación, el contribuyente podría respaldar temporalmente sus operaciones comerciales utilizando guías de despacho en papel debidamente timbradas, para posteriormente emitir la respectiva factura electrónica dentro de los primeros 10 días del mes siguiente.
Por último, cabe precisar que los contribuyentes pueden solicitar una excepción a la obligación de operar con factura electrónica siempre y cuando ello obedezca a alguna de las causales establecidas en la propia ley; esto es, no tener acceso a la conexión eléctrica, que en la zona donde se ubica no exista acceso a la conexión de datos, o que la casa matriz de la empresa esté ubicada en una zona declarada de catástrofe.
Para estos efectos, deben efectuar la presentación de los antecedentes respectivos en la oficina del SII correspondiente a su domicilio.
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