Cascadas: Contraloría no logra acreditar que hubo conflicto de interés en nombramientode Guilisasti
Un resultado mixto. Así podría definirse el dictamen que dio a conocer hoy Contraloría, donde responde la consulta que realizó Corfo, respecto a la situación generada a raíz de la renuncia de Rafael Gulisasti al consejo de la entidad -el 3 de septiembre de 2015-, y su posterior incorporación, el 14 de ese mes, como director y presidente de las sociedades Cascadas, vinculadas a SQM.
Cuatro aspectos son los que Corfo solicito a Controlaría pronunciarse: si el ex consejero ejerció una función pública mientras estuvo en ese cargo; si en su carácter de autoridad de un órgano de la administración del Estado le son aplicables las normas sobre probidad administrativa; si sus conductas son constitutivas de un conflicto de interés y pugnan con los deberes de probidad, y finamente, si su renuncia al Consejo e inmediata asunción en las consignadas sociedades constituye una infracción por uso de información reservada o priviligiada.
De los cuatro puntos en consulta, la Contraloría dio razón a Corfo en los dos primeros, por tanto señala “que sus consejeros ejercen una función pública y poseen la calidad de autoridades de tal corporación”. Además, respecto del segundo punto en consulta, determinó que “estos consejeros se encuentran obligados a dar estricto cumplimiento al principio de probidad administrativa”.
Sin embargo, el órgano contralor no logró acreditar que haya existido conflicto de interés por parte de Guilisasti. “Esta Contraloría General no ha podido formarse la convicción cierta de que mientras se desempeñó como consejero el señor Guilisasti Gana haya transgredido el anotado principio”, detalla el dictamen.
Con todo, recalca que el inicio de las nuevas funciones privadas del consejero “resultó al menos poco prudente, ya que es evidente que genera una razonable duda ética el pasar a integrar el directorio (y presidirlo) de tres empresas estrechamente vinculadas con otras que mantienen un importante conflicto judicial con la institución pública cuyo Consejo integró”.
Finalmente, sobre un eventual responsabilidad administrativa por uso de información privilegiada por parte de Guilisasti, Contraloría señala que “la persona contra la cual se formula el requerimiento que se analiza dejó de trabajar en Corfo y fue contratado por las sociedades antes mencionadas, motivo por el cual no es posible hacer efectiva en su contra una presunta responsabilidad administrativa”.
El órgano controlar además sostiene que “para hacer efectiva una eventual responsabilidad de ese tipo es necesaria la existencia de sanciones establecidas por ley y que expresamente sean aplicables, lo que no sucede en la especie respecto de los consejeros de Corfo de designación presidencial”.
Corfo celebra dictamen
El vicepresidente ejecutivo de Corfo, Eduardo Bitrán, dijo que “la Contraloría estableció claramente que Rafael Guilisasti ejerció una función pública que implica deberes de probidad y que se genera una razonable duda ética al saltar desde CORFO a la presidencia de las cascadas, controladoras de SQM que mantiene un importante conflicto judicial con la institución pública”.
“Nos asiste la convicción de que el ex consejero tuvo acceso a información confidencial relevante para el juicio arbitral. La institución se mantendrá vigilante respecto al uso de dicha información”, agregó, tras conocer el contenido del dictamen.
Los descargos de Guilisasti
En su dictamen, Contraloría detalla que una vez notificado Guilisasti, añadió que “el conocimiento que tuvo sobre tal litigio en las sesiones de ese cuerpo colegiado fue sobre aspectos generales y que en la oportunidad en que se profundizó algo más respecto de ese tema, fue sobre materias que terminaron siendo de conocimiento público”.
El documento agrega que el ex consejero de Corfo “afirma que no tuvo acceso a información reservada ni privilegiada y que, como consejero, respetó todas las normas de probidad”. A la vez, añade que "en su nueva labor como director y presidente de las sociedades anónimas antes referidas se abstendrá, de ser necesario, de tratar aquellos asuntos en que considere que pudiera estimarse que hará uso de información obtenida en la Corfo".