Pablo Cádiz y Flavia Cordella
Este lunes el Tribunal Constitucional publicó el fallo con sus argumentos para declarar discriminatoria la glosa de gratuidad universitaria contenida en la ley de presupuesto 2016.
A continuación te contamos un segundo eje del texto, donde el Tribunal entrega sus argumentos para calificar como arbitrarios los criterios fijados para determinar si una universidad puede o no acceder a la gratuidad.
El factor elegido -4 años de acreditación- sí constituye un elemento objetivo para determinar la calidad de las universidades. El problema de constitucionalidad se produce, sin embargo, porque su aplicación no se realiza a todos los sujetos que se encuentran en la misma situación, ya que se excluye de este requisito a las universidades pertenecientes al Cruch
Hay que recordar que la glosa aprobada por el Congreso determina que serán elegibles las universidades del Cruch, o bien las privadas que estén acreditadas por cuatro años o más, que no estén vinculadas a personas jurídicas con fines de lucro, y donde conste que existe un grado de participación de al menos, un representante del estamento estudiantil o personal no académico.
El fallo enfatiza que la igualdad de trato es una mandato constitucional que constituye la regla general, “y por tanto, todo trato desigual debe justificarse debidamente”.
“Simples generalizaciones, así como la utilización de meros prejuicios o estereotipos, no son aceptables. Por el contrario, se requiere de elementos objetivos de juicio capaz de satisfacer la exigencia de racionalidad que excluye la arbitrariedad”, se argumenta.
En este contexto el TC apunta sus dardos al criterio diferenciador de que las universidades cuenten con al menos cuatro años de acreditación. Si bien el tribunal lo valida como un "elemento objetivo" para determinar la calidad de las universidades, plantea que el problema de constitucionalidad se produce “porque su aplicación no se realiza a todos los sujetos que se encuentran en la misma situación, ya que se excluye de este requisito a las universidades pertenecientes al Cruch”.
La pertenencia a una institución que no pudo cumplir (con los requisitos para acceder a gratuidad) constituirá otro estigma más para esos jóvenes vulnerables y el beneficio de la gratuidad en una mera ilusión o quimera
Este punto resulta clave, ya que la nueva fórmula dada a conocer hoy por el Gobierno tampoco exige requisitos de acreditación para las universidades estatales que integran el Cruch, a diferencia de las privadas tradicionales y las privadas creadas con posterioridad al año 1981.
Por otro lado, el tribunal advierte que -de haber prosperado- el criterio de pertenencia al Cruch habría dejado fuera a un porcentaje muy relevante de estudiantes vulnerables.
“Resulta inentendible, por tanto, que si la finalidad declarada de la ley es otorgar gratuidad a los alumnos vulnerables, se escoja para ello un medio o factor de distinción que tiene por efecto excluir aproximadamente a la mitad de los sujetos que se pretende beneficiar. Como es evidente, dicha elección no satisface la exigencia de racionalidad mínima y convierte a la diferencia establecida por el legislador en arbitraria”, sostiene el fallo.
La gratuidad como una "mera ilusión o quimera"
Una de los comentarios más duros de los miembros del TC apunta a que los criterios de diferenciación de la glosa "en vez de asegurar la igualdad ante la ley y la igualdad de oportunidades para todos esos estudiantes, le imponen condiciones a algunos que hacen imposible su ejercicio".
En el fallo se sostiene que estos alumnos quedarían en una situación "de evidente exclusión, ya no sólo por su condición social, sino, ahora por su pertenencia a una determinada institución respecto de la cual pesa la decisión y posibilidad de cumplir con aquellos criterios".
"En consecuencia, la pertenencia a una institución que no pudo cumplir, constituirá otro estigma más para esos jóvenes vulnerables y el beneficio de la gratuidad en una mera ilusión o quimera. Por lo tanto, la falta de relación y de razonabilidad de los criterios de diferenciación impugnados, son causantes de exclusión y de discriminación arbitraria", se agrega.
Los argumentos del TC para declarar discriminatoria la glosa de gratuidad universitaria