La Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) formuló cargos a la empresa eléctrica ENEL por incumplimientos a la normativa que influyeron en la muerte de tres personas electrodependientes, durante el prolongado corte de luz que se produjo en algunos sectores de la región Metropolitana los primeros días de agosto. 

En el documento al que accedió T13, se informó que se detectaron infracciones a la normativa que regula la gestión de las empresas concesionarias eléctricas, como es el caso de ENEL, y que terminó con la muerte de tres personas electrodependientes.

La normativa establece que las empresas que distribuyen la energía eléctrica deben realizar acciones de mitigación de las posibilidades de interrupciones de suministro eléctrico a clientes donde residen pacientes electrodependientes inscritos en el registro que administran las propias empresas, entregar un equipo de generación a modo de respaldo a tales usuarios, priorizar el restablecimiento de su suministro eléctrico en caso de cortes y otorgar preferencia en los canales de atención a los teléfonos inscritos en el registro.

Sin embargo, estos puntos no se cumplieron en su totalidad en el caso de los cortes de los primeros días de agosto con tres pacientes que perdieron la vida. 

Según la SEC, la primera semana del mes de agosto se ordenó a Enel Distribución S.A. asegurar el cumplimiento de los deberes que impone la regulación eléctrica debido al sistema frontal que estaba pronosticado, y esto no se habría cumplido. 

Los tres pacientes electrodependientes que murieron en los cortes de luz

El primer caso se trata de un hombre de 78 años que residía en Macul y era paciente electrodependiente estuvo 59 horas sin luz, desde la noche del 1 de agosto hasta la mañana del 4 de agosto. Falleció el 2 de agosto producto de una insuficiencia respiratoria.

En este caso, la SEC constató que ENEL no le entregó un equipo de generación, no se atendieron once llamadas telefónicas desde su hogar y no se realizaron actividades de mitigación antes del sistema frontal.

En el caso de una mujer de 84 años de Ñuñoa, que falleció producto de una neumonía por aspiración el 5 de agosto, su hogar estuvo sin servicio eléctrico durante 51 horas desde la tarde del 2 de agosto hasta la tarde del 4 de agosto. 

En este caso se acusa que tampoco se le entregó un equipo de generación eléctrico, no se atendieron tres llamadas telefónicas y no hubo actividades de mitigación antes del sistema frontal. 

Otra mujer de 86 años de La Cisterna, que falleció producto de una bronconeumonía el 6 de agosto, estuvo sin electricidad 21 horas desde la madrugada del 2 de agosto hasta la noche de aquel día. 

En este caso sí se entregó un equipo de generación, pero no se informan actividades de mitigación antes de sistema frontal.

“Existen antecedentes fundados, reconocidos por la concesionaria fiscalizada, de hechos que configuran contravención a las obligaciones impuestas por la regulación a Enel Distribución S.A., toda vez que no se observó para los tres pacientes electrodependientes inscritos en el registro una mitigación de los efectos de las interrupciones, como tampoco un restablecimiento prioritario del suministro eléctrico”, dijeron desde la SEC.

"Se otorga a Enel Distribución Chile S.A., un plazo de 15 días hábiles, a contar de la fecha de notificación del presente oficio, para presentar, junto con todos los antecedentes que estime pertinentes, sus descargos por escrito ante esta superintendencia", añade.

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