La empresa eléctrica Enel descartó no haber cumplido con el requerimiento de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), tal como informó este viernes el ministro de Energía, Diego Pardow, quien anticipó que el proceso para la caducidad de la concesión de Enel seguiría a la siguiente etapa. 

Mediante un comunicado la compañía dijo haber cumplido con los requerimientos, pese a que el gobierno le dio un plazo para reponerle el suministro eléctrico a todos sus clientes y hasta este viernes, dos semanas después del temporal de viento y lluvia que provocó los problemas, cerca de 200 familias continuaban sin energía. 

"En esta verdadera catástrofe climática ocurrida recientemente, Enel Distribución Chile S.A., ha respondido oportuna y adecuadamente a cada uno de los requerimientos formulados por la SEC con la finalidad de restablecer el suministro eléctrico de sus clientes, por lo cual nos ha sorprendido su declaración, así como los dichos del ministro de Energía”, dijeron desde Enel. 

“No obstante lo anterior, tenemos la plena confianza de que, una vez que la SEC disponga de toda la información y documentación de lo actuado, arribará a una positiva evaluación de lo realizado”, añadieron.  

Desde el Ejecutivo dijeron este viernes que la SEC preparará un informe técnico para la revisión de estándares y obligaciones normativas para la compañía. El proceso de caducidad anunciado hace una semana consistía en darle plazos a la compañía para la reposición del servicio y, en caso del no cumplimiento, ambas partes deberían exponer sus argumentos para un eventual fin del contrato.

Qué pasa si se pone fin al contrato con Enel

De acuerdo a la Ley General de Servicios Eléctricos, el Presidente de la República podrá declarar caducadas las concesiones de servicio eléctrico “si la calidad del servicio suministrado no corresponde a las exigencias preestablecidas en esta ley o en sus reglamentos, o a las condiciones estipuladas en los decretos de concesión, a no ser que el concesionario requerido por la Superintendencia remediare tales situaciones en los plazos que ésta exija”.

Si esto ocurre, el mandatario ordenará a la Superintendencia de Electricidad intervenir la concesión del servicio público de distribución y determinará quién se hará cargo de la explotación y administración provisional del servicio.

“Si el Presidente de la República declarara caducada una concesión de servicio público de distribución, dispondrá la licitación de los bienes afectos a ella”, dice el artículo 43 de la ley. 

“La licitación se anunciará por una vez en el Diario Oficial y por medio de avisos repetidos por lo menos dos veces en un diario de circulación nacional. En caso de no haber interesados se llamará nuevamente a licitación, para lo cual podrán modificarse las bases establecidas anteriormente”, establece el artículo 44.

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