La Corte Suprema condenó a los padres de menor que divulgó en redes sociales imágenes íntimas de su entonces polola, a pagar una indemnización total de 3 millones de pesos a la víctima y sus progenitores.

El fallo unánime de la primera sala del máximo tribunal del país estableció la responsabilidad de los padres que fueron demandados "por la falta de vigilancia respecto del actuar negligente y culpable de su hijo" frente a la menor, que al momento de los hechos, en el año 2015, tenía 14 años.

"Que tal hecho constituye un atentado al deber de no causar daño que consagra nuestro ordenamiento jurídico sobre el cual se construye el sistema de la responsabilidad, por parte del hijo de los demandados, quien no debió divulgar, hacer circular de ninguna forma tales fotografías o permitir que ocurriera pues fueron tomadas en el contexto de una relación íntima y privada y que por su naturaleza no estaban destinadas sino que a mantenerse en ese contexto, siendo absolutamente previsible y lógico que su divulgación a través de las redes sociales afectaría a la involucrada, al verse expuesta a una vejación pública de esta índole, considerando por lo demás su corta edad, 14 años", precisó el documento.

La resolución además agrega que "lo anterior permite tener por configurado el primer presupuesto de la responsabilidad invocada, esto es, la existencia de un actuar negligente y culpable del hijo de los demandados, no siendo impedimento para ello la falta de una condena en sede criminal, porque como lo ha dicho esta Corte en reiteradas oportunidades, la responsabilidad civil es distinta de la penal, sustentándose la primera en parámetros y estándares distintos, a la segunda".

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