El Senado aprobó por unanimidad el proyecto de Ley de Pensiones de Alimentos.

La iniciativa contempla una modificación a la Ley N° 14.908, sobre el abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, en materia de responsabilidad parental y el pago efectivo de las deudas por pensiones de este tipo.

La iniciativa reunió 38 votos a favor, ningún voto en contra y ninguna abstención.

Entre las medidas destacadas en el proyecto se encuentra el establecer procedimientos y mecanismos efectivos para el cobro de pensiones de alimentos adeudadas, facultando al tribunal competente el poder iniciar una investigación sobre el patrimonio activo del deudor en las cuentas bancarias, en las cuentas de ahorro previsional voluntario y en los instrumentos financieros o de inversión.

Junto con ello, se apunta que en caso de que el alimentante no tenga fondos o habiendo fondos éstos sean insuficientes para el pago de la deuda, la parte alimentaria podrá solicitar al tribunal que consulte a la administradora de fondos de pensiones correspondiente respecto a los saldos que el deudor mantiene en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias.

Por lo pronto, el proyecto deberá ser revisado en su totalidad por la Cámara de Diputadas y Diputados y, de recibir luz verde por la corporación, quedaría a disposición de convertirse en Ley.

 

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