Este jueves entró en vigencia la Ley del Sernac, que entrega nuevas atribuciones a la entidad y que, según el gobierno, será el origen del cambio más importante en materia de protección al consumidor de los últimos 20 años.

Esto se traducirá en una mayor protección a los consumidores, pues el Sernac podrá fiscalizar y exigir información a las empresas, los consumidores tendrán más tiempo para poder denunciar, los trámites serán más simples y las empresas deberán pagar multas más altas si cometen infracciones.

El Sernac hizo público un cuadro que compara las atribuciones de la institución antes y después de la ley:

Antes de la Ley

Con el nuevo SERNAC

El SERNAC no puede fiscalizar. Puede oficiar para pedir información, con varias restricciones, gestionar reclamos , denunciar casos de interés general, y presentar demandas colectivas.

Podrá fiscalizar y exigir respuesta a las empresas. Puede incluso citar a los directivos y representantes legales e ingresar a un inmueble con la fuerza pública.

Los consumidores tienen 6 meses de plazo para denunciar una infracción ante Tribunales.

Los consumidores tienen 2 años de plazo para denunciar una infracción ante Tribunales.

En una demanda colectiva, se pueden exigir indemnizaciones sólo por el daño patrimonial.

Los juicios colectivos podrán considerar el daño moral de los afectados. Asimismo, en caso de agravantes, el monto global de indemnización podría aumentar en hasta un 25%

Multa básica de hasta 50 UTM a las empresas que cometan infracciones generales.

Multa básica de hasta 300 UTM ($14 millones), es decir, hasta 6 veces más que con la ley antigua.

Mediaciones colectivas sin plazo estipulado de término.

Procedimientos Voluntarios Colectivos más cortos (hasta 6 meses) y condiciones objetivas para aprobar un acuerdo.

Las Asociaciones de Consumidores tienen limitadas facultades para apoyar a los consumidores.

Más y mejores herramientas para cumplir sus tareas y representar a los consumidores en juicios individuales o colectivos, o realizar mediaciones individuales.

No todos los servicios básicos cuentan con indemnización legal para los consumidores en caso de suspensión o interrupción.

Los consumidores recibirán directa y automáticamente descuentos en los estados de cuenta de servicios básicos como agua, luz, teléfono, gas e Internet, sea por ley especial o ley del consumidor.

No había norma expresa sobre la venta atada en productos de telecomunicaciones

Las empresas de telecomunicaciones ya no podrán vender servicios atados ni ofertas conjuntas sin ofrecerlos por separado.

La institución también indica que una de las medidas más importantes de la nueva ley implica que las empresas tendrán menos incentivos para cometer irregularidades porque aumentan las multas hasta en 6 veces. 

También habrá incentivos para hacer lo correcto, porque se considerará el historial de las empresas para la aplicación de multas. Lo que se traduce en lo siguiente:

Desincentivo a las empresas para cometer infracciones

Con la Ley actual

Con la nueva Ley

Multas de hasta 50 UTM por cualquier infracción individual ($2,4 millones)

Multas de hasta 300 UTM; hasta 6 veces más ($14 millones) por cualquier infracción individual

Hasta 150 UTM ($7,2 millones) de multas si una empresa suspende injustificadamente un servicio contratado

Hasta 750 UTM ($36 millones) de multa por suspender injustificadamente un servicio contratado

Hasta 750 UTM ($36 millones) de multas si una empresa emite publicidad engañosa

Hasta 1.500 UTM ($72 millones) de multas si una empresa emite publicidad engañosa

Hasta 1000 UTM ($47 millones) de multa si la publicidad implica daños a la salud

Hasta 2.250 UTM($108 millones) de multa si la publicidad implica daños a la salud

No hay sanción si empresa niega a entregar información a Ministro de Fe

Si una empresa se niega injustificadamente a la fiscalización, hasta 750 UTM

 

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