Este martes se presentó en el Congreso la Ley de Respeto Callejero, la cual pretende sancionar el acoso sexual callejero "con presidio menor en su grado mínimo, sin perjuicio de poder aumentarse en un grado esta pena", es decir, de 61 a 541 días.
De esta forma cualquier contacto corporal, acoso sexual en actos no verbales y verbales, grabación de imágenes y otros comportamientos relacionados serán considerados delitos.
Si estos se cometieran contra menores de edad, adultos mayores, personas discapacitadas, personas cuya movilidad sea reducida o estén en estado de intoxicación temporal, o se cometieran en compañía de otras personas, la pena será aumentada en un grado.
Según se desprende de un estudio realizado por el Observatorio contra el Acoso Sexual Callejero, el 99% de los acosos son de parte de los hombres, sin importar el sexo de la víctima.
Este proyecto de ley define el acoso sexual callejero como "acto de naturaleza o connotación sexual, ocurrido en lugares o espacios públicos o de acceso público, en contra de una persona que no desea y/o rechaza la conducta, afectando la dignidad y/o derechos fundamentales de la víctima".
Cabe destacar que existen otras conductas que igualmente serán sancionadas, pero con una multa que puede ir de media a 15 UTM, como el acoso sexual callejero con actos no verbales y verbales, la captación de imágenes, videos y otro tipo de registros, u otros actos como exhibicionismo y persecución.
Entre sus impulsores hay satisfacción, como lo destacó la diputada Marcela Sabat a través de su cuenta de Twiitter.