La Contraloría General de la República expuso este jueves ante la Comisión de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputadas y Diputados, por la entrega irregular del bono de 500 mil pesos, destinado a la clase media, y que fue recibido por personas que no cumplían con los requisitos.
El ente fiscalizador superior determinó que hubo dos grandes problemas en el proceso, que estuvieron relacionados con la interpretación de la ley y la aplicación de la misma, por lo que debería revisarse caso por caso lo que ocurrió.
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“No quiero que quede la sensación de estoy haciendo defensa corporativa, porque no es así, porque seguro que debe haber funcionarios que obtuvieron mal el bono y no entregaron los antecedentes que correspondían, pero eso hay que determinarlo caso a caso”, dijo en la instancia el contralor general Jorge Bermúdez.
Para poder acceder al bono para la clase media, el Servicio de Impuestos Internos (SII) solicitaba acreditar en su sitio web haber recibido hasta antes de la pandemia un promedio de renta igual o mayor a $400.000 y la disminución de al menos un 30% de su ingreso mensual.
La autoridad consideró el sueldo de los trabajadores esta renta, lo que no es correcto según la Controlaría porque, de acuerdo a la exposición, “la renta no es solo el sueldo, sino que tiene múltiples fuentes como trabajos a honorarios, ingresos informales, asignaciones no imponibles como las de pérdida de caja y de movilización.
El ente explicó en la instancia que las personas naturales pueden percibir rentas de diversas fuentes lo que construyen en patrimonio y, específicamente en el caso de los funcionarios públicos, el contralor explicó que, en general, los funcionarios no tienen exclusividad en la función pública, por lo que sí pueden, eventualmente, recibir ingresos de otras fuentes.
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“En la práctica, se comparó sueldos 2019-2020; boletas de honorarios 2019-2020 y facturas 2019-2020 calculando el porcentaje de remuneración y no la renta percibida. Con esto se producen los siguientes casos: funcionarios que pierde honorarios; funcionario a honorario traspasado a contrata; y persona cesante en julio, que emitía boletas por varios millones”, explicaron.
“El instructivo del SII estableció que la disminución salarial debía verificarse en función del sueldo tributable (sueldo bruto menos salud, AFP y seguro de cesantía) y hay que considerar que dentro del pago a los funcionarios públicos hay asignaciones o conceptos remuneratorios no tributables”, agregaron.