El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional una frase del artículo 2° del proyecto de ley que modifica la normativa actual sobre votaciones para privilegiar la cercanía al domicilio del elector. Una acción que se dio a conocer durante la tarde de este jueves luego que el Servel cuestionara la demora del organismo en dictar el fallo lo que a juicio del ente electoral impediría que la medida entrara en vigencia en las elecciones de noviembre próximo.
Según detallaron desde el TC, se confirmó que los artículos 1°, 2° y 3° del proyecto son conformes a la Constitución vigente, sin embargo matizaron respecto a la frase "a menos que ella tenga un número inferior a nueve electores habilitados para sufragar" que está contenida en el artículo 2°, N° 9, de la normativa.
Esto a raíz de que el Tribunal Constitucional consideró que la regla contenida en el proyecto de ley infringe el artículo 13 de la Constitución al constituir un impedimento al efectivo ejercicio del derecho de sufragio de los chilenos residentes en el extranjero.
Lo anterior indicando que "de acuerdo a la norma declarada inconstitucional, si en un país hubiere menos de nueve electores, y aun cuando exista en dicho territorio un Consulado chileno, quien desee sufragar debe hacerlo en un país distinto".
Con esto, emplazan a que se elimine la frase del proyecto. La acción deja en compás de espera a la ley pues implicaría un nuevo pronunciamiento de la Cámara de Diputados, lo que en la práctica impediría que la normativa esté vigente para las elecciones de noviembre próximo.
Cabe mencionar que la normativa, según indicó el Servicio Electoral (Servel), ya había anticipado que no se podría aplicar la normativa para las Elecciones Generales 2021 de noviembre, pues desde el 19 de agosto que estaba siendo revisada por el TC.
Además, ya durante este miércoles el Servel reveló el padrón electoral con carácter definitivo y definió dónde votarán los electores habilitados.