Desde el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), recalcan en su Informe Anual 2014, que el ejercicio del derecho a un medio ambiente libre de contaminación ha sido “una preocupación constante”, en especial, por la situación crítica que se vive en ciertas zonas del país.
En efecto, un “Primer Reporte” del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), reveló este año, que anualmente se producen al menos 4 mil muertes prematuras, producto de la contaminación atmosférica.
De esta forma, el Instituto considera que la afectación del derecho a vivir en un medio ambiente sano, vulnera otros derechos como el de la salud y la educación.
“Actualmente, las localidades identificadas por el propio gobierno como zonas de sacrificio son cinco: Tocopilla y Mejillones en la Región de Antofagasta, Huasco en la Región de Atacama, la bahía de Quintero en la Región de Valparaíso, y Coronel en la Región de Biobío”, indican.
Los expertos describen que en mayo de 2014, la Unión de Comunas de Zonas de Sacrificio emitió un pliego de peticiones al Estado, donde se define a estos sectores como “aquellos territorios de asentamiento humano devastados ambientalmente por causa del desarrollo industrial”.
El documento reclama que pese a las nuevas institucionalidades creadas como el MMA, los Tribunales Ambientales y la Superintendencia de Medio Ambiente, los conflictos medioambientales persisten y las personas que habitan en las localidades donde ellos ocurren, aún no ven soluciones efectivas.
En medio de este escenario, se presentan dos casos en los que el INDH, por medio de sus diferentes instrumentos, ha podido constatar una contaminación sistemática que incide en la vulneración de diversos derechos fundamentales: La Bahía de Quinteros en Valparaíso y Huasco en Atacama.
Quintero: Consecuencias ya se visualizaban en los ´70
En medio de un escenario en que la población de Quintero, se ha visto afectada por un derrame que supera los 38 mil litros de petróleo esparcidos en el mar, el informe del INHD, revela que la industrialización de la bahía comienza con la instalación de la planta termoeléctrica CHILGENER en 1958 (actualmente, AES GENER).
En 1964 comienza a funcionar en la zona, la central termoeléctrica Ventanas I y la Refinería y Fundición Ventanas de la Empresa Nacional de Minería (ENAMI), actualmente CODELCO Ventanas. Al conjunto de industrias existentes en el sector se le conoce como Parque industrial Ventanas.
“Las consecuencias de la contaminación ya se visualizaban en la década de 1970. Sin embargo, las primeras medidas comienzan a tomarse con el regreso a la democracia", denuncian.
Luego, en 1993 el Ministerio de Agricultura declaró zona saturada el entorno del parque industrial
Pero, pesar de la condición decretada, continuaron instalándose nuevas industrias en la bahía de Quintero. “Incluso, algunas de ellas calificadas como peligrosas o contaminantes por la Seremi de Salud de Valparaíso”, advierten desde el INDH.
Según un informe realizado por la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente para la Cámara de Diputados -en 2011-, esto habría sido posible por las modificaciones realizadas al Plan Regulador Intercomunal de Valparaíso entre 1984 y 2002, que permitieron aumentar la superficie de terreno para actividades molestas y contaminantes.
“La contaminación de suelo, aire y agua es evidente en la bahía. Estudios de 1985 ya constataban la presencia de arsénico, cadmio, cobre, manganeso, hierro, plomo, níquel y zinc en la zona”, denuncian los expertos.
Punta Alcalde ingresa al SEA pese a que impactaría Zona de Sacrificio
Los registros revelados por el informe del INDH, aclaran que el Valle de Huasco se encuentra calificado por el Ministerio de Medio Ambiente como Zona Latente, desde mayo de 2012 por la norma de material particulado (PM10), tras ser evaluado entre 2007 y 2010.
Sin embargo, los mismos datos que gatillaron esta medida también revelaron que el valle debió ser declarado Zona Saturada, entre 2002 y 2005, pues mostró mayores índices de contaminación de los que actualmente posee.
Cuando una zona es declarada “latente”, significa que no se deben aumentar los niveles de contaminación del aire, de forma que se deben tomar las medidas preventivas necesarias. “De ahí que uno de los mayores cuestionamientos al proyecto Punta Alcalde, ingresado el 27 de febrero de 2009 al SEIA, fuera “el hecho de que esta termoeléctrica impactaría en una zona ya contaminada”, determina el informe del INHD.
“También resulta preocupante la tendencia de algunas Cortes de Apelaciones que, conociendo recursos de protección, justifican el rechazo de los mismos en atención a que las contiendas medioambientales hallarían su foro natural en los Tribunales Ambientales”, manifiestan los expertos.
“De este modo, las leyes pueden tener una evaluación positiva por parte de los operadores del sistema, y la nueva institucionalidad judicial puede estar funcionando eficientemente, pero si las instancias administrativas no actúan conforme a derecho, y además las personas se encuentran obligadas por ley a recurrir a esas instancias primero antes que a las judiciales, el derecho a un medio ambiente libre de contaminación y el acceso a la justicia ambiental seguirán siendo vulnerados”, declaran.