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¡Atención viejitos pascueros! Los malls estarán cerrados el último domingo antes de Navidad

Agencia Uno - Así funcionará el comercio el día del Plebiscito
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El fin de semana previo al domingo 24 y lunes 25 de diciembre (feriado) será el sábado 16 y domingo 17, es decir, el día del Plebiscito.

El próximo domingo 17 de diciembre las y los chilenos deberemos acudir a las urnas por el Plebiscito, para expresar si estamos “A favor” o “En contra” de la propuesta de nueva Constitución que elaboró el Consejo Constitucional.

Ese día es además el último fin de semana antes de la Navidad, un aspecto importante a considerar para aquellos que dejan sus compras navideñas para última hora. A continuación, en T13.cl te contamos por qué.

¿Cómo funcionará el comercio para el plebiscito?

Sabemos que el 25 de diciembre, junto con el 1 de enero, 1 de mayo y el 18 y 19 de septiembre, son “feriados obligatorios e irrenunciables para todos los dependientes del comercio”, según establece el artículo 2° de la Ley 19.973.

Sin embargo, el 24 de diciembre los supermercados y malls suelen cerrar sus puertas antes del horario habitual.

Agencia Uno - Plebiscito Constitucional 2023
Agencia Uno - Plebiscito Constitucional 2023

El fin de semana previo al domingo 24 y lunes 25 de diciembre (feriado) será el sábado 16 y domingo 17, es decir, el día del Plebiscito.

Malls estarán cerrados el último domingo antes de Navidad

Según recalcó el Gobierno en su sitio oficial de cara al Plebiscito Constitucional 2023, “la norma considera feriado obligatorio e irrenunciable durante la jornada electoral para trabajadores del comercio que desempeñan sus funciones en malls, strip centers y otros centros comerciales administrados por una misma razón social o personalidad jurídica”.

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De dicha norma, según detalla la Dirección del Trabajo, quedan exceptuados quienes trabajan en otro tipo de comercio, como supermercados. También pueden trabajar los dependientes de servicentros, farmacias de urgencia o aquellas que estén de turno.

La DT fiscalizará el otorgamiento del feriado obligatorio e irrenunciable en los mencionados casos, con sanciones que serán de entre 3 y 60 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) por infracción (entre $191.880 y $3.837.600, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande).

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