De cara a las Elecciones Primarias que se desarrollarán el próximo 2 de julio en todo el país y en el extranjero, el cronograma del Servicio Electoral sigue avanzando.
De esta manera, el sábado 10 de junio serán publicados los locales de votación, los delegados de las oficinas electorales en el extranjero y las nóminas de los vocales de mesa seleccionados para el proceso.
¿Qué es un vocal de mesa?
Es el ciudadano designado por la Junta Electoral para cumplir la función de recibir los votos que emitan los electores y de realizar el primer escrutinio, entre otras funciones que encomienda la Ley N° 18.700.
Cada mesa receptora de sufragios debe tener un mínimo de tres vocales y un máximo de cinco. Quienes son seleccionados y cumplen efectivamente la labor, recibirán un bono equivalente a 2/3 de UF, es decir, unos $17 mil. Los vocales nuevos que tengan que asistir a capacitación tienen una asignación adicional cercana a los $5 mil.
¿Cuántos serán y quiénes pueden ser llamados?
Según detallaron desde el Servel a T13.cl, para esta elección se convocarán a 71.640 vocales de mesa para cubrir las más de 14 mil mesas de sufragio que se instalarán en el territorio nacional. A esto se suman otros 351 vocales que ejercerán su rol en el extranjero.
Un detalle importante es el sorteo de vocales se realizará sobre la base de la nómina de 13.531.553 electores habilitados para votar en estas elecciones primarias. Es decir, los militantes de los partidos de Chile Vamos y Revolución Democrática (Frente Amplio) y los independientes.
Como la Nueva Mayoría no tendrá primarias, quienes militen en sus partidos no podrán ser convocados.
¿Es obligatorio ser vocal de mesa si es que apareces en una nómina?
Quienes fueron seleccionados deberán cumplir su labor cívica independiente de si deciden votar o no. Sin embargo, existe una serie de causales de excusa que dejan exentos a los vocales designados de trabajar ese día:
- Estar ausente del país o encontrarse a más de 300 Km. del lugar de votación o en un lugar cuyas comunicaciones no sean expeditas.
- Tener más de 70 años.
- Estar física o mentalmente imposibilitado.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios los días de la elección
- Desempeñar en los mismos días y horas otras funciones que encomiende la Ley Nº 18.700.
- Estar la mujer en estado de embarazo o de puerperio dentro de las seis semanas previas al parto y hasta veinticuatro semanas siguientes a éste, circunstancia que deberá acreditarse mediante certificado médico, o con la documentación que acredite estar recibiendo el subsidio a que se refiere el artículo 198 del Código del Trabajo.
¿Qué ocurre si no concurro a ser vocal de mesa?
Las personas designadas como vocales o miembros de Colegios Escrutadores, que no concurran a desempeñar sus funciones, incurren en una infracción electoral, que es sancionada con una multa a beneficio municipal que va de 2 a 8 U.T.M., es decir, aproximadamente entre $ 93.480.- y $ 373.920.- (artículo 138 de la Ley Nº 18.700).
¿Cómo saber si fui seleccionado como vocal de mes?
A partir del sábado 10 de junio, el Servicio Electoral tendrá disponible su buscador actualizado para revisar la situación de cada ciudadano.