Corte Suprema expone reparos al proyecto que regula financiamiento de campañas
Respondiendo al oficio enviado desde el Senado el pasado 24 de noviembre, la Corte Suprema manifestó una serie de reparos ante el proyecto de fortalecimiento y transparencia de la democracia, iniciativa que regula -entre otras cosas- el financiamiento de las campañas y partidos.
El proyecto regula entre otras cosas:
- Gastos de campaña: Regula los aportes a los candidatos, prohibiendo los aportes de personas jurídicas y estableciendo límites a los fondos que pueden entregar las personas naturales. Prohíbe todo tipo de aportes de empresas, tanto a campañas como a los partidos.
- Fin de aportes reservados: Establece que tanto la entrega como la identidad de los aportantes serán públicos y estarán a cargo del Servel.
- Baja en limite de gasto electoral: Se reduce a la mitad. Del mismo modo, se regula la rendición de cuentas y se establecen sanciones si se superan los gastos permitidos, se reciben aportes irregulares o se utilizan con fines distintos.
- Regulación de propagandas electorales: El proyecto determina los plazos para ésta y los tipos que pueden ejecutarse.
Sin embargo, la Corte Suprema cuestiona algunos de sus pasajes e indicaciones, aprobadas por la comisión especial encargada de conocer proyectos relativos a probidad y transparencia.
Entre otras cosas, el tribunal presidido por Sergio Muñoz, puso en duda la efectividad de que las eventuales irregularidades de políticos puedan ser solo investigadas tras denuncias o querellas del Servicio Electoral (Servel).
“La disposición resulta llamativa (…) la redacción propuesta por el proyecto establece que las investigaciones penales, por los delitos contemplados en los artículos 27 bis y 27 ter, deben necesariamente iniciarse por denuncia o querella del Servicio Electoral”, señala el documento enviado por la Suprema al Senado.
La restricción anterior, según el tribunal, “resulta especialmente cuestionable, e impacta de modo crítico en las facultades de tribunales penales y del Ministerio Público”.
A juicio de la Corte, “dada la redacción de la norma, los tribunales con competencia criminal estarán obligados por ley a declarar inadmisibles todas las denuncias por hipótesis graves de financiamiento ilegal de campañas o partidos políticos, administración desleal de dineros electorales, y/o la divulgación de antecedentes falsos por parte un administrador electoral o de fondos de un partido político, cuando ellas no han sido precedidas por una denuncia o querella del Servicio Electoral”.
Es decir, estas denuncias no podrán ser realizadas por cualquier ciudadano u organizaciones.
Actualmente, el proyecto se encuentra en segundo trámite constitucional, tras haber sido aprobado en general y particular por la Cámara de Diputados en julio, y en general en agosto por el Senado.
Revisa el documento completo de la Corte Suprema: