Respondiendo al oficio enviado desde el Senado el pasado 24 de noviembre, la Corte Suprema manifestó una serie de reparos ante el proyecto de fortalecimiento y transparencia de la democracia, iniciativa que regula -entre otras cosas- el financiamiento de las campañas y partidos.
El proyecto regula entre otras cosas:
- Gastos de campaña: Regula los aportes a los candidatos, prohibiendo los aportes de personas jurídicas y estableciendo límites a los fondos que pueden entregar las personas naturales. Prohíbe todo tipo de aportes de empresas, tanto a campañas como a los partidos.
- Fin de aportes reservados: Establece que tanto la entrega como la identidad de los aportantes serán públicos y estarán a cargo del Servel.
- Baja en limite de gasto electoral: Se reduce a la mitad. Del mismo modo, se regula la rendición de cuentas y se establecen sanciones si se superan los gastos permitidos, se reciben aportes irregulares o se utilizan con fines distintos.
- Regulación de propagandas electorales: El proyecto determina los plazos para ésta y los tipos que pueden ejecutarse.
Sin embargo, la Corte Suprema cuestiona algunos de sus pasajes e indicaciones, aprobadas por la comisión especial encargada de conocer proyectos relativos a probidad y transparencia.
Entre otras cosas, el tribunal presidido por Sergio Muñoz, puso en duda la efectividad de que las eventuales irregularidades de políticos puedan ser solo investigadas tras denuncias o querellas del Servicio Electoral (Servel).
“La disposición resulta llamativa (…) la redacción propuesta por el proyecto establece que las investigaciones penales, por los delitos contemplados en los artículos 27 bis y 27 ter, deben necesariamente iniciarse por denuncia o querella del Servicio Electoral”, señala el documento enviado por la Suprema al Senado.
La restricción anterior, según el tribunal, “resulta especialmente cuestionable, e impacta de modo crítico en las facultades de tribunales penales y del Ministerio Público”.
A juicio de la Corte, “dada la redacción de la norma, los tribunales con competencia criminal estarán obligados por ley a declarar inadmisibles todas las denuncias por hipótesis graves de financiamiento ilegal de campañas o partidos políticos, administración desleal de dineros electorales, y/o la divulgación de antecedentes falsos por parte un administrador electoral o de fondos de un partido político, cuando ellas no han sido precedidas por una denuncia o querella del Servicio Electoral”.
Es decir, estas denuncias no podrán ser realizadas por cualquier ciudadano u organizaciones.
Actualmente, el proyecto se encuentra en segundo trámite constitucional, tras haber sido aprobado en general y particular por la Cámara de Diputados en julio, y en general en agosto por el Senado.
Revisa el documento completo de la Corte Suprema: