Este lunes se inició formalmente el nuevo proceso constituyente con la instalación, durante la mañana, de la Comisión Experta, y durante la tarde hizo lo propio el Comité Técnico de Admisibilidad. Los “árbitros”, como fueron definidos informalmente en el acuerdo constitucional entre los partidos políticos también se constituyeron como órgano y eligieron su mesa directiva.
Ana María García, quien fue designada por Evópoli para integrar el organismo compuesto íntegramente por abogados y abogadas, se convirtió en la presidenta del Comité Técnico de Admisibilidad, luego de un acuerdo unánime.
La mesa directiva la completa Claudio Grossman, el abogado que llegó a la instancia por la designación del PPD, y que será el vicepresidente.
¿Qué rol cumplirán los árbitros en el proceso constituyente?
Recordemos que el nuevo proceso constituyente nació luego de largas negociaciones entre los partidos políticos, donde se acordó que se cumplirán doce bases institucionales o “bordes” de donde cualquier órgano constituyente no se podría salir al momento de redactar la nueva propuesta.
Entre estos “bordes” están el que “la nación chilena es única e indivisible”, que Chile es un Estado social y democrático de derecho y la separación de los poderes del Estado.
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Para que estas bases se cumplan, se acordó crear el Comité Técnico de Admisibilidad, o los “árbitros” del nuevo proceso que se encargarán que estos “bordes” se cumplan.
A diferencia de la Comisión Experta que también se instaló este lunes y que tendrá el rol de elaborar un anteproyecto de Constitución, y el Consejo Constitucional que se encargará de redactar el grueso de la propuesta, los “árbitros” deberán actuar cuando sean requeridos por miembros de los dos órganos anteriores.
Este Comité Técnico de Admisibilidad tendrá a su cargo la revisión de las normas aprobadas en las distintas instancias que se presenten en la Comisión Experta y/o el Consejo Constitucional, a fin de determinar una eventual inadmisibilidad de éstas cuando sean contrarias a las bases institucionales
Podrán pronunciarse cuando lo requiera al menos una quinta parte del Consejo Constitucional (10 consejeros) o dos quintas partes de la Comisión Experta (10 consejeros expertos).
Según el propio acuerdo, el comité resolverá conociendo los antecedentes de derecho, aplicando las bases constitucionales, conforme a las normas e interpretación constitucional. En caso de acogerse la inadmisibilidad de alguna norma, ésta no podrá incorporarse en el texto constitucional.