Celedón y declaración de CC por presos del 18-O: "Tenemos obligación política y moral de hacerlo"
El abogado y constituyente por el distrito 17, Roberto Celedón, se refirió a la declaración de la mesa directiva de la Convención Constitucional, en relación a pedir "máxima celeridad" al Congreso para legislar un indulto para las personas procesadas por delitos en el contexto del estallido social.
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En conversación con T13 Noche, el constituyente de Apruebo Dignidad, indicó que se abstuvo durante la votación en la sesión, indicando que pese a que encuentra legítimo el planteamiento, "somos 155 elegidos por el pueblo de Chile, con una misión fundamental que es generar una nueva Constitución".
Aun así, Celedón expresó que "tenemos el derecho de decir ciertas cosas que estimamos relevantes para facilitar el trabajo constituyente".
Al ser consultado si esta declaración es "inmiscuirse" en otros poderes del Estado, el constituyente señaló que "son pequeñas finezas en el lenguaje que era mejor corregir, pero no hubo posibilidad de hacerlo. No hay intención de incidir en otros poderes del Estado".
Sobre la motivación y tiempo que tiene la Convención de discutir sobre este tema, pese a que -por ley- no tiene facultades, el abogado explicó que "hay un sentimiento de que tenemos una obligación política y moral de hacerlo".
"Hay una visión muy transversal, aunque quizá hay un sector que no lo comparta, de que estamos donde estamos gracias al estallido social (...) El fruto más precioso que dió el estallido, fue la posibilidad de que el pueblo pudiera decidir entre aprobar una nueva constitución o mantenerse con la que estamos", expresó Celedón.
Sobre la polémica del documento del Partido Comunista donde insta a "saltarse" los 2/3 de quorum, el constituyente por el distrito 17 señaló que "hablar de los dos tercios es completamente innecesario, porque la única fuerza que impuso el tema de los 2/3, fueron los partidos de Derecha (…) Los que querían el derecho a veto, la ciudadanía en las elecciones les dijo 'no, no tendrán el derecho a veto' y no lo tiene ninguna fuerza instalada en la Convención por si mismo. Nadie puede ejercer un derecho a veto porque no tiene los quorum necesarios".
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