"La declaraciones del actual señor Superintendente (de Valores y Seguros, Carlos Pavez), respecto de los mandatos no sólo son ajenas al ámbito de la referida Comisión, sino que además omiten información relevante".
De esta manera reaccionó este jueves Bancard -family office del ex Presidente Sebastián Piñera- ante las declaraciones que emitió Pavez el miércoles, invitado a la comisión investigadora Bancard de la Cámara de Diputados.
Dicha instancia indaga la compra de acciones de Bancard desde 2010 a la pesquera peruana Exalmar, mientras Piñera era Mandatario y se realizaba juicio marítimo entre Perú y Chile en La Haya. Ahí, Pavez aseguró que el fideicomiso con que Piñera se separó de parte de sus negocios en 2009 de todas maneras permitía que el entonces candidato tuviera información sobre sus inversiones.
Esto, dijo Pavez, debido a que la superintendencia pidió modificar los contratos originales que constituían el fideicomiso, debido a que -de acuerdo a las normas vigentes en ese momento- el "intermediario que está a cargo como mandatario de ese cartera de inversiones y que puede tomar decisiones de inversión, bajo esa figura, tiene que reportarle (al mandante) y el mandante tiene derecho a saber en detalle cuáles han sido todas las operaciones que se han realizado".
Ante esto, desde el oficialismo señalaron que el fideicomiso de Piñera no era ciego, sino "tuerto".
En el comunicado divulgado este jueves, Bancard señala que el superintendente "omitió información relevante".
En ese sentido, señaló que en ese momento se logró una "solución acordada y validada por la SVS", que permitió -afirma Bancard- que los contratos suscritos fueran "ciegos en su texto y fueron irremediablemente ciegos en su práctica".
Según Bancard, "considerando que la obligación del administrador de cartera de informar a su cliente se establece en protección de este último, y que en este caso había un interés público superior", se suscribieron contratos adicionales -o "complementos".
Esos "establecieron que las corredoras no informarían al mandante, sino a una entidad o profesional independiente, es decir un tercero. Así, se cumplía tanto la instrucción de la SVS como la Circular 1.862, pero sin alterar la esencia de los Contratos Originales: su “ceguera” respecto del Mandante".
En esa línea, Bancard agrega que "esta solución fue acordada y validada por la SVS y de esta forma los Contratos Originales junto con los Complementos fueron absolutamente legítimos e íntegramente válidos".
"El tercero independiente referido en el punto anterior nunca fue designado por ninguno de los mandantes, de modo que la facultad de requerir o contar con información del administrador nunca se utilizó", sostiene la sociedad de inversiones.
"En síntesis, además de haber sido suscritos en forma voluntaria, porque no existía norma alguna que así lo exigiera, los mandatos eran ciegos en su texto y fueron irrefutablemente ciegos en su práctica", dice Bancard, quien agregó que "formula la presente declaración con el exclusivo objeto de que la opinión pública disponga de información fidedigna respecto al estricto cumplimiento del fideicomiso ciego y voluntario".