El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) presentó, este miércoles, una demanda colectiva contra el Banco de Chile para exigir multas y compensaciones tras detectar “cláusulas abusivas” en sus contratos, las que le han permitido realizar cobros ilegítimos a los consumidores bajo el concepto de “honorarios judiciales”.
Según acusó el organismo, la entidad bancaria realiza gastos de cobranza extrajudicial por sobre los montos máximos que establece la ley y que no se condicen con las gestiones efectivamente realizadas, y, además, no entrega al consumidor la información mínima que la ley exige al contratar productos y/o servicios financieros.
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La acción judicial busca que sean restituidos los montos que se cobraron indebidamente a los consumidores, que se declaren nulas las cláusulas abusivas, que se compensen los daños causados a los consumidores, y que se condene a la institución al máximo de las multas que establece la Ley.
La acción judicial del Sernac asegura que el banco incorpora en sus contratos un cobro por “honorarios judiciales”, calculado de forma previa y arbitraria con un valor mínimo y tope máximo, pues expresa que estos se calcularán “entre el 10% y el 15% de lo demandado, más los gastos y/o costos judiciales”.
Sernac afirma que este cobro es aplicado cuando se celebran acuerdos extrajudiciales que ponen término al juicio de cobro y, por tanto, no son establecidos por el tribunal.
A juicio del SERNAC, la inclusión de esta cláusula y la aplicación de estos cobros no se ajustan a lo que establece la Ley del Consumidor y atentan en contra de la buena fe, ya que no obedecen a parámetros objetivos y producen un desequilibrio importante en perjuicio de los consumidores.
En términos generales, según la información manejada por Sernac, se estableció que el monto máximo cobrado a un consumidor por concepto de honorarios judiciales fue de $15.103.903, mientras que el monto promedio cobrado es de $353.170.
El Director Nacional (s) del SERNAC, Jean Pierre Couchot, explicó que este tipo de cobros aplicados por estas entidades financieras son graves, pues, además de estar limitados en la ley desde el año 1999, afectan a consumidores que ya están morosos y no están en posición de poder negociar.
“En la práctica este tipo de cobros aplicados indebidamente recargan aún más la mochila a consumidores que ya se encuentran en una situación complicada, pues detrás de una deuda impaga se esconden situaciones económicas difíciles, las que se han agravado producto de la pandemia. Nadie tiene deudas sin pagar por gusto”, enfatizó Couchot.