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DF | Fallo por Mina Invierno: SEA y empresa recurren a la Corte Suprema y el directorio se reúne hoy

DF | Fallo por Mina Invierno: SEA y empresa recurren a la Corte Suprema y el directorio se reúne hoy
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Por dos votos contra uno, el Tribunal Ambiental de Valdivia anuló la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto Tronaduras por falta de información relevante durante la evaluación. La empresa aseguró que la paralización “es un hecho grave”.

Una lenta agonía es el camino que habría sellado el polémico proyecto Mina Invierno, ubicado en la Región de Magallanes y que es de propiedad de las familias Angelini y von Appen. Por dos votos contra uno, el Tribunal Ambiental de Valdivia acogió la reclamación presentada por la organización Alerta Isla Riesco en contra de la resolución del director ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) que calificó favorablemente el proyecto tronaduras, por lo que se anuló la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) conseguida. Esto, debido a la falta de información esencial sobre el componente paleobotánico en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y la posible afectación de dicho patrimonio cultural por las tronaduras.

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Según la sentencia, entre otros argumentos, el SEA basó su aprobación de la DIA de tronaduras en la línea base de la RCA del proyecto Mina Invierno aprobado en 2011, pero dicho permiso no incorporó el componente paleontológico en circunstancias que durante las faenas de la mina se detectó la presencia de piezas fósiles (principalmente plantas).

Mientras, el voto disidente del ministro Iván Hunter planteó que la reclamación ante el tribunal manifestó argumentos y aspectos diversos a los observados por los reclamantes en el proceso de participación ciudadana, lo que impediría conocer el fondo de las alegaciones. Asimismo, se rechazó –también en votación dividida- la reposición presentada por el SEA, la empresa y los sindicatos en contra de la resolución que mantuvo la medida cautelar que prohíbe la realización de tronaduras bajo 100 metros por sobre el nivel del mar.

El primero en levantar la voz fue el SEA, anunciando que frente a este fallo adverso presentarán recursos de casación ante la Corte Suprema, los que “se ejercerán con el convencimiento que la evaluación ambiental fue acorde a la legalidad”.

Y si a fines de junio ya reconocía una posición de inviabilidad operacional y financiera luego de que el tribunal decidiera mantener la medida cautelar -anunciando un plan de paralización progresiva que involucraba el despido de trabajadores-, esta vez la empresa reconoció una “profunda decepción” ante el fallo, cuya consecuencia es el fin de las operaciones en noviembre.

“Sin perjuicio de que la empresa está analizando los alcances y fundamentos de lo resuelto, se trata de una medida incomprensible desde el punto de vista técnico, ambiental y legal que, si se generaliza como criterio, en la práctica dificulta aún más el hacer minería en Chile”, señalaron desde la compañía.

Tomando como carta a favor las diferencias en los ministros a la hora de dictar el fallo, enfatizaron que el tribunal ha sustituido la función de los órganos técnicos encargados de la evaluación: “Dos ministros de este tribunal han decidido invalidar el trabajo y conocimiento especializado de decenas de profesionales”.

“La paralización de Mina Invierno es un hecho grave y que establece un precedente preocupante para la inversión y el desarrollo de futuros proyectos dada la incerteza jurídica que genera el actuar de este tribunal ambiental”, sentenciaron desde la firma.

Si bien el SEA y la empresa están estudiando el fallo y ya tomaron la decisión de impugnar, sólo tienen un plazo de 15 días hábiles para presentar la única acción posible en esta instancia, que es recurrir a la Corte Suprema. Los recursos de casación pueden ser en forma o fondo, pero según trascendió, el SEA presentaría un escrito con ambas consideraciones con argumentos netamente jurídicos.

Fuentes del gobierno señalaron que el servicio no ha tenido conversaciones con la empresa y que su presentación será independiente de la acción de Mina Invierno.

No obstante, indicaron de que el hecho que el fallo haya sido dividido, mostrando opiniones diametralmente opuestas, demostraría que la solución en este conflicto es compleja y que el voto dirimente fue el que comprendió la distinción entre el proyecto original y el método complementario.

Por su parte, la empresa también acudirá a la Corte Suprema. Sin embargo, la instancia donde analizarán en detalle el fallo y las acciones comunicacionales que emprenderán se desarrollará hoy en una reunión clave del directorio.

Sonami acusa actitud antiminería y 
organizaciones ciudadanas celebran resolución

Las reacciones desde distintas veredas no se hicieron esperar. El gerente general de Mina Invierno, Sebastián Gil, señaló que "el fallo del tribunal pone a la compañía en una decisión extremadamente compleja y en la práctica significa la paralización de la mina en noviembre. Nos parece un tremendo contrasentido que los fundamentos del fallo tengan que ver con la posible afectación de los fósiles vegetales, materia de la cual venimos trabajando desde el inicio de la operación minera".
El presidente de la Sociedad Nacional de Minería (Sonami), Diego Hernández, aseguró que la votación dividida confirma que el Tribunal Ambiental de Valdivia tiene una actitud antiminería, "lo que aumenta el riesgo de cualquier proyecto de exploración y explotación desde la región de Ñuble hasta Magallanes". En tanto, la vocera de la organización ciudadana Alerta Isla Riesco, Ana Stipicic, celebró la resolución: "Aquí hay varias lecciones. Primero, la empresa desde un comienzo debió haber planteado el uso de tronaduras para que estas fueran evaluadas como corresponde con su impacto ambiental. Además, la compañía debe entender que no puede cambiar el corazón del proyecto de explotación del carbón cuando se le dé la gana".
La vocera agregó que "el director nacional del SEA no debió haber aprobado el proyecto por secretaría en el inicio del gobierno de Sebastián Piñera". El abogado de la Fiscalía Medio Ambiental, Diego Lillo, sostuvo que "el fallo da cuenta de una práctica que no es excepcional para el proyecto de las tronaduras de Mina Invierno, que es que los proyectos son aprobados sin la información suficiente que permite ya sea predecir o descartar los impactos que tienen".

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