Tres cuentas prepago que quedan fuera de las "50 transferencias" del SII
El Congreso Nacional aprobó el pasado 25 de septiembre la nueva Ley de Cumplimiento Tributario, que entre otras cosas potenciará la acción del Servicio de Impuestos Internos (SII) en el combate contra la evasión, la informalidad, el comercio ilícito y el crimen organizado.
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En ese sentido, las instituciones financieras tendrán la obligación de informar al SII sobre cuentas bancarias que reciban más de 50 transferencias de personas distintas en un mes, o bien, más de 100 transferencias de personas distintas en seis meses. Esta información deberá ser remitida de manera semestral, dentro de los meses de julio y enero, respecto del semestre inmediatamente anterior.
El primer reporte semestral deberá realizarse en enero de 2025, respecto del segundo semestre de 2024. Se trata de uno de los aspectos que ha generado más revuelo (y confusión) de la nueva ley
En ese contexto, es que un grupo de productos financieros, que cada vez más han ido ganando más terreno entre los chilenos, habría quedado fuera de la nueva exigencia del SII: las tarjetas o cuentas prepago no bancarias.
Las cuentas que están obligadas a informar las "50 transferencias" al SII y las que no
La Ley 21.713 del Cumplimiento Tributario, señala que aquellas entidades indicadas en la letra a) del artículo 85 bis del Código Tributario, serán quienes deban informan de forma semestral esta información.
“También deberán reportar las compañías de seguro y las entidades privadas de depósito y custodia de valores”, precisa el Código Tributario.
Esto quiere decir, que se abarca la gran mayoría del sistema financiero nacional, tanto en cuanto a tipo de entidades como productos e instrumentos de inversión, dentro de las cuales se encuentran las cuentas corrientes, vista y de ahorro.
Sin embargo, hay un grupo de entidades financieras que no están incluidas en esta definición: las tarjetas prepago de entidades no bancarias.
Es necesario aclarar que, según se desprende de este hecho, las cuentas prepago bancarias sí están en la obligación de las "50 transferencias", por ejemplo, MACH, la cual pertenece al Banco BCI.
Tres cuentas no bancarias que quedarían fuera de las "50 transferencias"
1. Cuentas Tenpo: Según su sitio web, Tenpo es respaldado por Credicorp, el cual es un holding de servicios financieros en Perú.
2. Cuentas Mercado Pago: El portal de esta cuenta no bancaria se define como "una entidad comercial que presta los servicios de: (i) agregación de pagos y gestión de herramientas de cobro como "link de pago", cobros en línea, terminales punto de venta "Point" y planes de suscripción, entre otros; (ii) pagos de servicios, recargas, y pagos en comercios.
3. Cuentas Copec Pay: El sitio web de Copec señala que "es una cuenta digital, 100% gratuita y sin costos de mantención". Con ella, de acuerdo a lo señalado por la entidad, se puede comprar, transferir, pagar tus cuentas y realizar otros servicios que ofrece. Se desprende que funciona de manera similar a las cuentas Tenpo, sin pertenecer a una entidad bancaria.
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Todas estas tarjetas, conocidas como 'Emisores de Tarjetas de Pago con Provisión de Fondos' no bancarias, quedarían fuera de las modificaciones implementadas por la Ley de Cumplimiento Tributario, según lo precisado en el Código Tributario.
Además, otra de las cuentas no bancarias que quedarían exentas de pagar impuestos en la Ley de las "cincuenta transferencias", es PayPal, ya que, según su portal web, "es una empresa estadounidense de alcance mundial que opera un sistema de pagos en línea que soporta transferencias de dinero entre usuarios y sirve como una alternativa electrónica a los métodos de pago tradicionales como cheques y giros postales".
Chócale, medio especializado en estos temas, entrevistó a expertos, quienes confirmaron que este tipo de tarjetas no bancarias efectivamente no están dentro de la exigencia de informar las 50 transferencias que exige el SII en la nueva Ley.
El gerente regional de medios de pago de Vigatec, Juan Andrés Bravo, señaló que probablemente este tipo de productos “no fueron considerados de alto riesgo en términos de fiscalización de tributaria”, ya que, a su juicio, podrían considerarse de bajo impacto.
“Quizás, jamás se imaginaron en 2022 que las prepago superarían los $56 millones en saldo”, indicó Bravo.