Ministro Figueroa se refiere a fallo sobre "deuda histórica" y proyecta solución al próximo Gobierno
El ministro de Educación, Raúl Figueroa, se refirió, este miércoles, al fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que condenó al Estado de Chile a pagarle la “deuda histórica” a 846 profesores y profesoras del país.
“Estamos viendo junto a Cancillería la manera en que se debe dar cumplimiento a esta situación que, de acuerdo a lo que he leído, el fallo entrega un plazo de un año para dar solución a este aspecto”, dijo Figueroa.
“Hay un plazo de, normalmente, un año para cumplir con ese propósito, por lo tanto, es evidente que el próximo gobierno también tendrá que darle un cierre a esta situación”, añadió.
Corte Interamericana de DD.HH condena al Estado a pagar "deuda histórica" a grupo de profesores
El caso se origina en el contexto de la dictadura militar en Chile, cuando la administración de la educación pública fue traspasada desde el nivel central a las municipalidades del país. Esta municipalización implicó que el personal docente quedaba sometido al Código del Trabajo y se regirían por las normas aplicables al sector privado, explica la misma CIDH.
Por medio del artículo 40 del Decreto Ley No. 3.551, se creó una asignación especial no imponible para el personal docente dependiente del Ministerio de Educación Pública, a contar del 1 de enero de 1981. No obstante, los profesores y profesoras que fueron transferidos del Estado central a las municipalidades, no recibieron esta asignación, dando así origen a la denominada “deuda histórica” del magisterio.
En total, son 846 docentes los que recurrieron a la CIDH, quienes trabajaban para las municipalidades de Chañaral, Chanco, Pelluhue, Parral, Vallenar y Cauquenes, y recibirían distintos montos que oscilan entre los dos millones y 283 millones de pesos.
“El fallo de la Corte Interamericana resuelve un asunto que se estaba discutiendo hace mucho tiempo y tiene que ver, estrictamente, con el cumplimiento de sentencias judiciales, por parte de determinados municipios”, opinó Figueroa.
“Es muy importante circunscribir el fallo a lo que específicamente se trata, que dice relación con el cumplimiento de sentencias judiciales por parte de determinados municipios por un asunto que se venía prolongando por larga data. Se refería específicamente a una situación de sentencias judiciales”, agregó.