Identidad de Género: Cómo funciona el cambio de sexo registral en menores de edad
La mañana de este miércoles se promulgó la Ley de Identidad de Género, la que permite el cambio de sexo registral para mayores de 14 años y menores de 18, quienes deberán contar con la autorización de sus padres.
El Presidente Sebastián Piñera aseveró que "el gobierno cree firmemente en que todas las personas somos iguales".
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Además, Piñera aseguró que al promulgar esta ley "estamos enfrentando nuestro compromiso con la dignidad humana y nuestra obligación moral con quienes, durante mucho tiempo, han sido injustamente discriminados".
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En mayores de 14 años y menores de 18
Las personas de este rango etario pueden pedir la rectificación de sexo y nombre para que éstas coincidan con su identidad de género y, cuando alcancen la mayoría de edad, podrán solicitar una nueva rectificación en conformidad a los procedimientos que correspondan.
La solicitud debe ser presentada por alguno de los representantes legales del menor de edad y tras su presentación se extenderá una citación con el juez a la cual asistirá el menor de edad junto a quien o quienes presentaron la solicitud.
Una vez admitida la tramitación de la solicitud, el tribunal deberá citar al menor junto al representante legal, padre o madre que no haya accedido a la solicitud para una audiencia preparatoria. En este trámite, el juez informará a las partes sobre los detalles de la rectificación.
En la audiencia preparatoria, el juez podrá solicitar la realización de una o más diligencias que estime necesarias y nunca podrá decretar la realización de exámenes físicos.
Por último, en la audiencia definitiva debe contar con el hecho de haber oído al solicitante y los motivos del tribunal para aceptar o no el trámite.