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En qué está la “Ley Pack”, que busca sancionar la difusión de contenido sexual sin consentimiento

Agencia Uno - Ley Pack en el Congreso
T13
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Reportajes T13 emitió diversas denuncias de mujeres que fueron víctimas de de la difusión de imágenes sexuales de ellas por parte de exparejas. Si bien hay una iniciativa legal que busca castigar este comportamiento, sigue en el Congreso.

El testimonio de tres mujeres que fueron víctimas de la difusión de contenido sexual sin su consentimiento mostró este jueves Reportajes T13. Una realidad que viven cientos de mujeres y tiene consecuencias en su vida personal, social y laboral. 

Los testimonios de Emilia, “Carolina” y Andrea volvieron a poner en el debate la necesidad de legislar y castigar sobre esta conducta que ha sido estudiada por criminalistas, como Marcela Del Sol, perfiladora criminal de Proyecto 360.

“Alguien que se venga de una mujer por haberlo dejado, o por haber preferido a otro acompañante íntimo, u otra pareja sexual, es alguien que entiende que esa mujer no tenía el derecho a terminar esa relación”, explicó.

En qué está la Ley Pack sobre difusión de contenido sexual

A fines de 2018 las diputadas Maite Orsini (Revolución Democrática) y la hoy ministra de Defensa, Maya Fernández (Partido Socialista), presentaron un proyecto de ley para sancionar la vulneración de derecho a la intimidad mediante el uso de aparatos de grabación o reproducción de sonidos e imagen sin permiso. 

El proyecto fue aprobado en enero de 2019 en la Cámara de Diputadas y Diputados sin ningún voto en contra, pero no ha sido revisado por el Senado.

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“Todavía no hemos logrado avanzar en una legislación que sancione la difusión de imágenes que son obtenidas con el consentimiento de la persona, pero sin el consentimiento para su difusión”, dijo a T13 la diputada Orsini. 

Qué dice la Ley Pack

En la nueva ley, el delito será aplicado a quien, "habiendo captado, grabado u obtenido imágenes, grabaciones de audio o registros audiovisuales, reales o simuladas, con contenido o de connotación sexual (...) los difundiere por cualquier medio sin haber requerido y obtenido previamente la anuencia de aquellos". 

Agencia Uno - Difusión de contenido sexual
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Esta situación se castigará con la pena de presidio o reclusión menor en su grado medio (entre 541 días a tres años y un día) y una multa que podrá variar entre 50 a 500 UTM, es decir, entre 3 y 32 millones de pesos

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