Este viernes, la Corte Suprema anuló una sentencia judicial y, en su reemplazo, dio lugar a la demanda principal del Banco Consorcio, ordenando la restitución de la suma de $16.750.000, monto que fue sustraído por uno de sus empleados.
El fallo fue unánime por la Primera Sala del máximo tribunal, integrado por los ministros y ministras Juan Eduardo Fuentes Belma, Arturo Prado Puga, María Angélica Repetto García, María Soledad Melo Labra y la abogada (i) María Angélica Benavides Casals.
La Corte Suprema estableció yerro en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, al confirmar que rechazó la restitución y sólo ordenó el pago de una indemnización de perjuicios por la suma de $10 millones de pesos, la que se mantiene.
"Se ha solicitado condenar al demandado a restituir al actor la suma de $16.750.000 que fue el monto en que lo defraudó, siendo un hecho de la causa que aquel fue condenado en un procedimiento abreviado por haber cometido dicha defraudación, no constando en autos que se hayan incautado dichos dineros por el juzgado de garantía correspondiente", sostiene el fallo.
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Además, la resolución agrega que "cobran importancia dos características principales del dinero, la primera es su fungibilidad, lo que implica que no interesan las piezas del dinero individualmente consideradas, sino el número, la cantidad; y que es esencialmente consumible, es decir, por estar destinado a la enajenación su uso natural consiste en gastarlo".
"La acción que se ejerció es la de indemnización de perjuicios por daño emergente por la cantidad defraudada, por cuanto el dinero solicitado a restituir no es de aquellos objetos recogidos o incautados", complementaron en el fallo.
"Se revoca, en lo apelado, la sentencia de 29 de abril de 2019 (...) y se declara, en su lugar, que se acoge, y por lo tanto se condena al demandado a pagarle al actor la suma de $16.750.000, con los reajustes que correspondan y los intereses corrientes para operaciones no reajustables que se devenguen a contar de la fecha de notificación de esta sentencia y hasta el pago total y efectivo", cerraron en el fallo de la Corte Suprema.