Saltar Aviso
Nacional

Cómo funciona el “autopréstamo” de fondos AFP que se votará el martes en el Congreso

Agencia Uno - Autopréstamo de AFP
Compartir
Son tres proyectos los que fueron presentados en la Cámara de Diputados, los que serán discutidos en general el martes. La idea permite un nuevo retiro de fondos de pensiones, aunque esta vez con reintegro.

Este martes, la sala de la Cámara de Diputadas y Diputados discutirá y votará los proyectos de autopréstamo de fondos de AFP que fueron presentados por parlamentarios de distintos sectores y que buscan permitir un nuevo retiro de ahorros previsionales, aunque esta vez con reintegro.

A un mes de que se pueda impulsar en el Congreso un proyecto de ley de retiro de fondos de AFP, que la diputada del Partido Humanista (PH) Pamela Jiles ha dicho que hará, el Congreso discutirá esta otra iniciativa que no es apoyada por el gobierno ni por la derecha.

Desde el Ejecutivo incluso, el ministro de Hacienda, Mario Marcel, ha calificado esta idea como un “autoengaño”. En la derecha se han manifestado, en su mayoría en contra, aunque parlamentarios de Renovación Nacional (RN) han apoyado anteriormente retiros de fondos de AFP.

En qué consisten y cómo funcionarían los autopréstamos de fondos de AFP que discute el Congreso
Lee También

En qué consisten y cómo funcionarían los autopréstamos de fondos de AFP que discute el Congreso

La idea de legislar este proyecto fue rechazada en la Comisión de Constitución en enero pasado, y si corre la misma suerte en la sala de la cámara baja, no podrá ser discutida en el Congreso en al menos un año.

La comisión recibió tres proyectos que avanzan en la misma línea. Todos proponen un autopréstamo desde los fondos de AFP, y dos de ellos son prácticamente iguales, aunque con el otro hay algunas diferencias.

Autopréstamo con reintegro en cinco años

La fórmula que fue presentada por diputados del Partido de la Gente (PDG) propone el retiro de hasta el 15 por ciento de los fondos de pensiones, con la obligación de devolver el dinero, sin intereses, en 60 cuotas o en hasta cinco años.

El monto solicitado se convertirá a la Unidad de Fomento del día de la entrega del dinero y deberá ser devuelto a la cuenta individual del solicitante reajustando conforme a las variaciones experimentadas por la Unidad de Fomento, aunque sin intereses.

Quienes tengan entre un millón y 10 millones ahorrados, podrán solicitar hasta un millón de pesos. Si es menos, podrán pedir el monto total.

Este autopréstamo se podrá solicitar las veces que sea necesario, siempre y cuando no tenga un retiro pendiente. Es decir, si no ha reintegrado el dinero que solicitó una vez, no podrá hacer otro.

Gobierno busca frenar proyecto de autopréstamo

Autopréstamo con prorrateo

La principal diferencia de esta propuesta que fue presentada por Jiles y otra por el diputado independiente René Alinco, es la cantidad de dinero que se puede solicitar y que el reintegro del dinero se haría junto con la cotización mensual de los trabajadores y hasta el día que la persona jubile.

Acá se podría solicitar hasta el 100% de los fondos acumulados bajo, la condición de reintegrarlos en cuota prorrateadas que deberán comenzar a pagarse en el plazo máximo de cinco años desde efectuado el giro y hasta el último mes de cotización antes de jubilar.  

Es decir, el dinero se reintegrará con la cotización obligatoria de las AFPs, divididas en la cantidad de cotizaciones restantes a la fecha de jubilación legal del afiliado. De todos modos, esta deuda podría ser pagada de forma anticipada si el trabajador así quiere.

Los cotizantes además, podrán solicitar giros de sus fondos sin límite de veces, siempre que no tengan un giro pendiente de reintegro.

Desde el Ejecutivo, pese a que se han opuesto públicamente a estos tres proyectos, proponen una fórmula similar, aunque con condiciones en su proyecto de reforma previsional.

Según establece el artículo 85° del proyecto de ley, las personas afiliadas a un “Sistema Mixto”, que no estén pensionadas, y que se encuentren a cinco años o más del cumplimiento de la edad legal de jubilación, tendrán derecho a realizar retiros “en carácter de préstamos con cargo al saldo mantenido en sus cuentas de capitalización individual de cotizaciones obligatorias”.

Se considera un “autopréstamo”, porque la misma persona deberá reponer esos recursos, en UF, sin que apliquen intereses.