Desnudos con IA: ¿Qué implicancias legales tiene adulterar imágenes?
El pasado 24 de mayo, apoderados del Colegio Saint George de Vitacura denunciaron que siete alumnas fueron vulneradas por sus propios compañeros, quienes crearon imágenes de ellas desnudas mediante el uso de inteligencia artificial (IA).
Además, estos registros falsos fueron viralizados a través de redes sociales. Esta práctica se conoce como “deepfake”, que consiste en tomar el rostro de una persona y ponerla en el cuerpo de otro.
¿Qué dice la legislación chilena sobre la alteración de imágenes con IA?
El abogado Andrés Bustos de Bustos-Gómez Abogados explica a T13 que “falsificar la identidad de una persona es un delito. La IA es algo que ha llegado de un tiempo a esta parte y que las legislaciones no se han adecuado, por lo tanto, podrían haber vacíos legales”.
Asimismo, si esta creación es expuesta a menores de edad, “hay un delito que es exponer actos de connotación sexual a menores de edad”.
Otra opción podría ser interponer un recurso de protección por la vulneración de la dignidad de las personas. Sin embargo, esto no da una sanción penal, pero si asegura que se deje de vulnerar la dignidad del afectado.
“Lo mejor que puede ocurrir es que nuestra legislación se adecue a este tipo de cosas para que hayan delitos específicos con sanciones específicas que si puedan tener algún tipo de resultado reparatorio para las víctimas”, aseguró Andrés Bustos.
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¿Cuáles son las consecuencias de este acto?
El abogado explica que la responsabilidad penal comienza a partir de los 14 años, lo que significa que desde esa edad, pueden responder penalmente por sus actos.
“Si efectivamente aquí se acredita un delito, van a ser responsables penalmente y a sufrir las consecuencias del acto que han hecho”, detalla el jurista.
De todas maneras, el abogado recalca que “los delitos cometidos por menores de edad tienen una pena mucho más suave que los que cometen los mayores de edad”. Y por lo general, se resuelven con salidas alternativas, firmas, suspensiones condicionales u otras
Por otra parte, el abogado Andrés Bustos asegura que “nuestra legislación no está preparada, porque tenemos que tratar de adecuarlas a actos o hechos que están en el código penal”.
“Si no está tipificado en la ley específicamente, no es delito. Es fundamental que se legisle tanto a protección de datos e IA”, en una nueva legislación que tome en cuenta “el desarrollo tecnológico y los casos que se han visto mediáticamente”.