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Convención Constitucional

Convención: Pleno respalda norma de expropiación a “precio justo” y texto pasa al borrador

Convención: Pleno respalda norma de expropiación a “precio justo” y texto pasa al borrador
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Convencional Bernardo Fontaine lamentó que no se estableciera un precio de mercado “el no haberlo puesto así genera un manto de duda, porque al final solo los que quieren expropiar sin pagar no ponen el valor de mercado como indemnización”.

Por 111 votos a favor el Pleno de la Convención aprobó y envió al borrador de nueva Constitución este miércoles el inciso referido al pago de un “precio justo” para el caso de una expropiación, norma que estaba fuertemente cuestionada por convencionales de Vamos por Chile y por entidades como el Observatorio Judicial. 

De esta forma pasan al borrador “el propietario siempre tendrá derecho a que se le indemnice por el justo precio del bien expropiado”. También se respaldó que “el pago deberá efectuarse de forma previa a la toma de posesión material del bien expropiado y la persona expropiada siempre podrá reclamar de la legalidad del acto expropiatorio, así como del monto y modalidad de pago ante los tribunales que determine la ley”.

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En este mismo tema se agregó que “cualquiera sea la causa invocada para llevar a cabo la expropiación siempre deberá estar debidamente fundada”.

Anteriormente ya estaba aprobado por el Pleno el encabezado del artículo sobre expropiación que señala: "Ninguna persona puede ser privada de su propiedad, sino en virtud de una ley que autorice la expropiación por causa de utilidad pública o interés general declarado por el legislador.

El convencional Bernardo Fontaine (Independiente Vamos por Chile) señaló que lo aprobado “si bien establece un pago previo, no establece el pago al contado y permite a las personas expropiadas recurrir a los tribunales”.

Pero lo que más lamento es que “se establece el precio justo pero ¿para quién? ¿Para los políticos que acordaron expropiar o justo para el expropiado? De ninguna forma la persona se va a sentir protegida. Porque no se estableció la indemnización a un precio de mercado o como daño patrimonial”. Afirmó que “el no haberlo puesto así genera un manto de duda, porque al final solo los que quieren expropiar sin  pagar no ponen el valor de mercado como indemnización”.

En tanto la convencional Patricia Politzer (INN) destacó en el debate que la norma aprobada “establece sin ambigüedades que el pago deberá efectuarse de forma previa a la toma de posesión material del bien expropiado, es decir, la propiedad no será expropiada hasta la última cuota a pagar, si así se estableciera".

El convencional Cesar Valenzuela (PS) afirmó que lo aprobado “viene a complementar el inciso ya aprobado sobre este asunto, estableciendo el deber del Estado de pagar un justo precio por el bien expropiado, de pagarlo en forma previa a la toma de posesión material del bien expropiado además de establecer un mecanismo de reclamación jurisdiccional acerca de la legalidad del acto expropiatorio, el monto, y su modalidad”.

Aseguró que “las normas contenidas en este informe permiten generar certezas y poner freno a las especulaciones que se han intentado instalar acerca de los alcances de esta propuesta”. 

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