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Convención Constitucional

Mesa de la Convención defiende correcciones a texto que fueron denunciadas por constituyente Evópoli

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Larraín aseguró que la mesa “no tenía las facultades” para hacer este cambio, mientras que el resto de los vicepresidentes interpretaron que lo podían hacer para darle “coherencia” al texto.
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La mesa directiva de la Convención Constitucional le respondió al constituyente de Evópoli Hernán Larraín, quien también es parte de la mesa, luego que acusara que se hizo una modificación al texto sin tener las facultades para hacerlo.

El resto de los vicepresidentes de la mesa directiva del organismo explicaron que el artículo 39 del Reglamento General de la Convención Constitucional les da las atribuciones para introducir correcciones en el texto constitucional, “con el objeto de dar cumplimiento al principio de coherencia consagrado”.

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“A propósito de la declaración pública realizada por el vicepresidente Hernan Larraín, declaramos que la expresión usada para referirse a los pueblos indígenas en la propuesta es ‘pueblos y naciones indígenas’. De hecho, es posible constatar que en el texto armonizado esta referencia, luego de las votaciones en el pleno, se repite en más de 30 oportunidades. El sinónimo utilizado obedece a las reglas de lenguaje claro que esta Convención ha adoptado para todo el texto, siendo un aspecto clave para la comprensión de la propuesta por parte de la ciudadanía”, declararon.

“Frente a este evidente problema formal de referencia, sin cambiar el sentido de la norma, la mesa directiva por mayoría de sus miembros adoptó el acuerdo de corregir la referencia y dotar de coherencia al texto, de acuerdo con las atribuciones anteriormente señaladas”, añadieron a través de un comunicado.

Larraín calificó, a través de sus redes sociales, esta modificación como “un acto abusivo y antirreglamentario” y pidió al resto de los constituyentes secundar su reclamo para dejar sin efecto esta modificación.

“La mesa modificó el texto sin tener las facultades para eso. Espero que sean muchos los convencionales que transversalmente soliciten a la mesa que deje sin efecto esta modificación”, insistió Larraín.

El cambio acusado por el constituyente está en el inciso segundo del artículo 191 del texto que dice: “Los pueblos y naciones prexistentes al Estado deberán ser consultados y otorgarán el consentimiento libre, previo e informado en aquellas materias o asuntos que les afecten en sus derechos reconocidos en esta Constitución”.

Tras la votación de los integrantes de la mesa directiva, se borró la expresión “naciones prexistentes al Estado” para dejarla simplemente como “pueblos y naciones indígenas”.

“Los pueblos y naciones indígenas deberán ser consultados y otorgarán el consentimiento libre, previo e informado en aquellas materias o asuntos que les afecten en sus derechos reconocidos en esta Constitución”, reza el texto.

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