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Consejo Constitucional

Servel ingresó denuncia contra candidata del PDG, Karla Añes

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El Servicio Electoral aseguró que presentó la acción "por los hechos que eventualmente podrían configurar la comisión de los delitos previstos en los artículos 210 y 212 del Código Penal o de otras figuras delictivas que el Ministerio Público determine".
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La tarde de este viernes, el Servicio Electoral (Servel) informó que presentó una denuncia contra la candidata del Partido de la Gente (PDG) al Consejo Constitucional, Karla Añes.

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Mediante un comunicado, el organismo señaló que presentó la acción "por los hechos que eventualmente podrían configurar la comisión de los delitos previstos en los artículos 210 y 212 del Código Penal o de otras figuras delictivas que el Ministerio Público determine".

"Habiendo presentado su declaración de candidatura a miembro del Consejo Constitucional, sin haber solicitado previamente al Senado la rehabilitación de la ciudadanía, y consecuencialmente sin una declaración del Senado en tal sentido, Karla Añes Gajardo  faltó a la verdad, toda vez que declaró bajo juramento, cumplir con los requisitos constitucionales y legales y no estar afecta a las inhabilidades establecidas en la Constitución Política para postular a ser integrante del referido Consejo Constitucional, por la circunscripción senatorial N° 1 y ser elegida como tal, en circunstancias que no cumplió con dichos requisitos", añadieron.

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El órgano electoral manifestó que "el artículo 210 del Código Penal, que señala El que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales'".

Finalmente, el Servel señala que "los hechos denunciados podrían estimarse constitutivos del ilícito tipificado en el artículo 212 del Código Penal, que preceptúa 'El que fuera de los casos previstos en los artículos precedentes faltare a la verdad en declaración prestada bajo juramento o promesa exigida por ley, será castigado con la pena de prisión en cualquiera de sus grados o multa de una a cuatro unidades tributarias mensuales'