El antes y el después de la reforma tributaria: Los cambios con los que el proyecto vuelve a la Cáma
Cuatro meses después de que el proyecto de reforma tributaria ingresara al Congreso, la iniciativa volverá a la Cámara de Diputados para iniciar hoy su tercer trámite legislativo. Allí, de ratificarse el apoyo transversal alcanzando tras la firma del protocolo de acuerdo, iniciaría su última etapa de tramitación antes de convertirse en ley.
Pese a que los parlamentarios se comprometieron a que el proyecto no llegará a comisión mixta, son varias la voces –incluso en la misma Nueva Mayoría– las que han criticado los cambios. "No es la reforma que esperábamos", ha dicho el diputado Pablo Lorenzini, presidente de la comisión de Hacienda. Aunque el ministro Alberto Arenas se manifestó confiado en que contarán con el apoyo necesario.
Desde las 15.30 horas de hoy, el ministro asiste a la primera de las tres sesiones programadas para esta semana de la comisión de Hacienda, y donde deberá confirmar el respaldo de los diputados.
El proyecto
A mediados de abril pasado, tras dos semanas de audiencias –las que fueron criticadas por su corta extensión–, la comisión de Hacienda de la Cámara aprobó la idea de legislar sobre la reforma tributaria, y luego de una semana despachó el proyecto a la Sala, con los 8 votos a favor de los diputados de la Nueva Mayoría y los 5 votos en contra de los parlamentarios de la Alianza.
Durante la tramitación, el Ejecutivo presentó algunas indicaciones, principalmente en tres materias: alcoholes, vehículos diésel e IVA a la construcción. El cambio más relevante fue en las bebidas alcohólicas, donde se mantuvo el impuesto base de 18% y de 0,5% por cada grado de alcohol propuesto, pero se eliminó el basal de 3UTM por hectolitro (100 litros) de alcohol puro. Como compensación se introdujo una modificación al impuesto correctivo al tabaco, elevando el impuesto específico en cerca de 12%.
Así, la reforma tributaria salió de la Cámara a mediados de mayo con leves modificaciones y manteniéndose gran parte del proyecto estructurado en 13 artículos permanentes y 17 artículos transitorios.
Sin embargo, fue en el Senado donde tras el protocolo suscrito con los senadores de la Alianza, donde el ministerio de Hacienda selló las principales modificaciones a la iniciativa. El acuerdo, alcanzado a comienzos de julio, se transformó en más de 80 indicaciones presentadas por el Ejecutivo, a las que se sumaron más de 190 indicaciones ingresadas por senadores.
Según el segundo informe de la comisión de Hacienda, tras la revisión de la totalidad de las indicaciones, 122 fueron aprobadas, y sólo seis artículos transitorios no fueron objeto de modificaciones. Con esto, la reforma tributaria fue despachada por el Senado el 19 de agosto pasado, con 18 artículos permanentes y 24 artículos transitorios.
La recaudación
"Vamos a estar recaudando en régimen US$8.300 millones", resaltó Arenas, cuando presentó las indicaciones al proyecto a comienzos de agosto. El aumento de US$100 millones respecto de lo anunciado inicialmente proviene, detalló, entre otras materias de las modificaciones al Impuesto a la Renta. Esto ya que el sistema de renta atribuida aportaba 1,39 puntos del PIB, y en la combinación con el sistema semi-integrado aporta 1,45 puntos del PIB.
Las cifras fueron ratificadas con el Informe Financiero Sustitutivo del proyecto. Éste arrojó que la mayor parte de la recaudación provendrá del aumento de la tasa de impuesto de primera categoría, que sumará cerca de US$2.700 millones total en régimen.
El antes y el después
Las indicaciones presentadas por Ejecutivo se agruparon en distintas áreas temáticas, en las que se buscó dar cuenta de lo acordado en el protocolo de acuerdo, y donde también se recogió –según detalló Hacienda– las inquietudes presentados por los diputados.
Revisa algunos de los principales puntos que se modificaron:
Sistemas optativos
Uno de los principales cambios del proyecto tras el protocolo de acuerdo significó que el sistema de renta atribuida propuesto inicialmente, pasó a ser optativo, y se introdujo un nuevo sistema semi-integrado, entre los cuales los contribuyentes pueden elegir. Mientras en el primero, los dueños de las empresas deben tributar por la totalidad de las utilidades de sus empresas y no sólo por las utilidades que retiran, en el segundo se establecen tasas diferenciadas entre las utilidades invertidas o ahorradas y aquellas retiradas.
Retención del 10%
La iniciativa inicial contemplaba una retención adicional del 10% –que operaba sólo en el caso de las sociedades anónimas abiertas o sociedades con socio extranjero o socio persona jurídica–, pero que, sin embargo, fue eliminado tras las indicaciones.
Régimen para la pymes
El proyecto contemplaba la ampliación del sistema simplificado bajo el que tributan las empresas de menores ventas, establecido en el artículo 14 Ter de la Ley de Impuesto a la Renta Empresas con ventas anuales inferiores a 25.000UF. Luego del protocolo la ampliación se extendió hasta 50.000UF. Además, se estableció que a partir de 2015 estas empresas van a tributar sólo por su flujo de caja, es decir, por ingresos percibidos y gastos realmente efectuados.
Incentivos a la inversión de la pymes
Tras la derogación de los regímenes 14 bis y 14 quater, duramente criticado por distintos sectores, se solicitó que se incluyeran incentivos para la inversión de las pymes. Después del protocolo de acuerdo, se mantuvo la derogación, pero se incorporaron una serie de incentivos al ahorro y la inversión de empresas con ventas hasta 100.000UF, y además podrán optar anualmente por rebajar de su renta líquida imponible gravada con el impuesto de Primera Categoría.
Renta presunta
El proyecto de ley contemplaba una focalización de régimen de renta presunta para microempresas, limitándolo a partir de 2015. Sin embargo, con las indicaciones se acordó una rebaja de los topes para acceder al régimen de renta presunta para tres sectores: 5.000UF en el caso de Transporte, 9.000UF en Agricultura y 17.000UF en Minería. Con esto, el 95% de quienes tributan en renta presunta podrá permanecer en este sistema. En tanto, el 5% excluido representa el 56% de la recaudación actual en este régimen.
Crédito especial a la construcción
Con el objeto de "proteger a la clase media", luego de la firma del protocolo de acuerdo se dejó en 225UF el tope, previamente reducido a 100UF, para el crédito especial a la construcción máximo de 2.000UF (precio a consumidor 3.200UF).
Ventas de bienes inmuebles
El proyecto incorpora el IVA a la venta de bienes inmuebles realizada por contribuyentes habituales. Para focalizar su aplicación sólo en sectores de alto ingresos, con las indicaciones se estableció que todos los inmuebles adquiridos antes del 2004 quedan sujetas a la ley vigente, mientras que los adquiridos después de esa fecha generarán algún pago de impuesto si el contribuyente persona natural tiene una ganancia de más 8.000UF (alrededor de $192 millones).
Impuesto de timbres y estampillas
Desde la iniciativa inicial se contempla un aumento en el Impuesto de Timbres y Estampillas desde el actual 0,4% a 0,8%, a fin de que opere como un sustituto del IVA a los servicios financieros. Previamente, se mantenía la reducción de 50% para los créditos hipotecarios de las viviendas DFL 2 (con lo que la tasa quedaba en 0,4%). Sin embargo, tras el protocolo de acuerdo se acordó mantener la tasa actual de 0,2% para todas esas operaciones.
Impuesto a la Emisión de Fuentes Fijas
El proyecto buscaba gravar las principales fuentes contaminantes con potencia térmica superior a 50 MWt (megavatios térmicos), tras las indicaciones se precisó que dicho impuesto se aplicará en función de los establecimientos que cuyas fuentes fijas, conformadas por calderas o turbinas, individualmente o en su conjunto sumen una potencia instalada igual o mayor a 50 MWt. Además, se excluye del impuesto la emisión de CO2 de aquellas fuentes que utilicen biomasa o combustible.
Impuesto a los automóviles
Un impuesto adicional a los vehículos diésel para uso particular contemplaba el proyecto, el que luego de la firma del protocolo fue sustituido por impuesto a la contaminación de fuentes móviles. Ahora se contempla gravar el nivel de emisión de contaminantes locales y nivel de rendimiento de los vehículos que es directamente proporcional a las emisiones de CO2 que producen los vehículos en su funcionamiento. Sin embargo, se mantuvo la exclusión del impuesto para los vehículos destinados a fines productivos, tales como furgones y camionetas de contribuyentes de IVA.
Impuesto a los alcoholes
La iniciativa presentada inicialmente consignaba un aumento del impuesto específico a las bebidas alcohólicas, y que afectaba a la Cerveza (20,5%), Vino (24,0%), Pisco (35,5%) y Otros (38%). Sin embargo, finalmente se estableció una tasa común de impuesto a vinos y cervezas de 20,5%, y respecto de los restantes licores (entre estos pisco, whisky y ron) se aplicará una tasa de 31,5%.
Impuesto bebidas azucaradas
Tras el protocolo de acuerdo se fijó que todas las bebidas analcohólicas tendrán un impuesto base de 10%, el que aumentará a 18% en el caso de las con alto contenido de azúcar. Hasta ahora, todas las bebidas analcohólicas pagan una tasa del 13%, y en un comienzo el proyecto sólo planteaba elevar la tasa de las con azúcar a 18%.
Impuesto al tabaco
En medio de la discusión en la comisión de Hacienda, el Ejecutivo introdujo un aumento del impuesto al tabaco como medida compensatoria. Con esto, se propuso que el guarismo de 0,000128803 UTM –que corresponde al impuesto específico de los paquetes, cajas o envoltorios de cigarrillo– pasará a 0,000143959 UTM por cada cigarrillo que contengan. Después de las indicaciones, se acordó subir el impuesto al tabaco a través de un aumento de 8 veces del impuesto específico (de $108 a $861 por cajetilla) y la disminución de 60,5% a 30% del impuesto ad-valorem.
Atribuciones del SII
El ministro de Hacienda detalló que un conjunto de indicaciones regularán la aplicación de la norma general anti-elusión. Ésta establece los criterios para distinguir el uso legítimo de las utilidades para invertir y ahorrar, de aquél que es elusivo. Esta norma se aplicará tanto a los contribuyentes del sistema atribuido como del sistema semi-integrado y se aplicará tanto a nivel internacional como local.
Mercado de capitales e inversión en el extranjero
Además, también se presentaron un conjunto de indicaciones para adecuar las normas relativas a Mercado de Capitales y Normas de Inversión Pasiva en el Extranjero, a fin de garantizar su coherencia y consistencia con los sistemas alternativos de tributación. En el caso de las inversiones pasivas en el extranjero se aplicará solo el concepto de percibido o devengado del vehículo de inversión extranjero (CFC).