Las personas que son responsables de personas con discapacidad severa, pueden acceder al bono para cuidadores.

Este beneficio consiste en un aporte monetario que entrega el Estado al o la cuidadora de una persona con dependencia severa. No constituye renta ni es imponible, siendo compatible con cualquier otra ayuda de esta índole que no tenga el mismo propósito.

Este bono permite a cuidadores y cuidadoras de personas con dependencia severa puedan eventualmente recibir un pago máximo mensual de $32.991 por la entrega de sus servicios.

¿Cuáles son los requisitos para acceder al bono para cuidadores?

Para acceder a este beneficio, la persona con dependencia (causante) debe cumplir los siguientes requisitos:

La preferencia para el pago del beneficio se determina por:

  • La severidad de la dependencia, medida con el Índice de Barthel
  • La antigüedad en la postulación
  • La clasificación socioeconómica según el Registro Social de Hogares

Para causantes menores de siete años, se utiliza una certificación médica en lugar del Índice de Barthel.  Un mismo cuidador puede recibir hasta tres estipendios si es pariente de los causantes, y hasta dos si no tiene vínculo de parentesco.

El dinero del bono para cuidadores se recibirá desde el mismo mes en que se otorgue y se mantendrá mientras se cumplan los requisitos. 

Ahora bien, el monto del beneficio se reajustará anualmente conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), reportado en diciembre del año anterior a su ejecución, siempre que exista disponibilidad presupuestaria en la Ley de Presupuestos del Sector Público

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