El Tribunal Constitucional (TC) declaró admisible el requerimiento presentado por un grupo de senadores oficialistas contra una indicación de la ley corta de isapres que reduce a un tercio la deuda que tienen las compañías de salud con sus afiliados por el alza irregular de sus planes de salud.
El TC ahora deberá revisar el fondo del requerimiento presentado por los senadores oficialistas que busca que se declare inconstitucional un artículo del proyecto aprobado por la sala del Senado que mutualiza la deuda, es decir, la reduce en un tercio.
El presidente de la Comisión de Salud del Senado, Juan Luis Castro, explicó cuando se ingresó el requerimiento, que la norma aprobada solo podría haber sido ingresada por el Presidente, por tratarse de una norma de seguridad social.
“Más allá de que, en el fondo, se le ha hecho un favor a las isapres reduciendo la deuda, en este Tribunal Constitucional estamos alegando que una disposición absoluta y clara de que toda norma de seguridad social solo puede ser prerrogativa del Poder Ejecutivo, o sea, del gobierno, se introdujo por una moción parlamentaria, y se facilitó una votación de quórum simple que permitió esta llamada mutualización”, explicó el senador del Partido Socialista (PS).
“Más allá del fondo, que es reprochable, en el procedimiento se ha violado la Constitución, porque no existe en Chile la posibilidad de que aún habiendo unanimidad de parlamentarios se legisle sobre seguridad social si no cuenta con el patrocinio del Poder Ejecutivo”, añadió.
Qué es la mutualización de la deuda en la ley corta de isapres
El concepto de mutualización implica compartir los costos y riesgos para hacer sustentable, en este caso, la existencia de las isapres. En concreto significa que las personas no recibirían la devolución del dinero que cada isapre le cobró extra, sino que todos los afectados recibirían un pago similar.
La ministra de Salud, Ximena Aguilera, quien hizo reserva de constitucionalidad por esta indicación, cuestionó la mutualización y aseguró que las más afectadas serían las mujeres.
“Lo que hace esa norma es solidarizar la deuda y, por lo tanto, afecta a aquellas personas que tienen una deuda mayor y distribuye esa deuda de manera que las personas, que son en su mayoría mujeres quienes pagaron mucho más por la tabla de factores, reciben menos”, explicó la ministra Aguilera.
“Esto implica que si una mujer y un hombre tenían el mismo plan de salud, por tabla de factores la mujer pagaba tres veces y el hombre uno. Eso quiere decir que si mi plan costaba 50, la mujer pagaba 150 y el hombre 50. Por lo tanto, si la nueva tabla de factores dice que los dos tenemos un factor dos, por ejemplo, debería pagar el hombre 100 y la mujer 100, y a la mujer se le va a devolver la diferencia y no todo lo que debía haberse devuelto”, añadió.
El cálculo hecho en las discusiones en el Senado dice que la deuda es de 1.180 millones de dólares, y pasaría a ser de 451 millones de dólares, casi un tercio.
“Se ha producido un daño a partir de una colusión. Aquí hubo una colusión de las isapres, una colusión de senadores de derecha y del partido Demócratas, que le ha producido un daño irreparable a la democracia, porque se ha desconocido un fallo de la Corte Suprema que había sido claro y nítido”, acusó el senador comunista Daniel Núñez.