El Senado aprobó la tarde de este miéroles el proyecto de ley que busca asegurar el pago de las pensiones alimenticias de las personas que tienen deudas y que deseen retirar parte de sus fondos de pensiones, con la nueva normativa que permite el retiro de hasta el 10 por ciento de los fondos previsionales.
Con 41 votos a favor y ninguno en contra la cámara alta despachó la normativa que se convertirá en ley y que asegura la retención del dinero a quienes sean deudores de pensión de alimentos.
Apenas presentada la solicitud de retención por parte del alimentario (en tramitefacil.pjud.cl), el juez deberá notificar a las AFP, en un máximo 48 horas, que los fondos previsionales del deudor se encuentras retenidos. Luego, las compañías serán las encargadas de comunicar a sus afiliados sobre el estado de sus dineros.
Desde el Ministerio de Justicia explicaron que el hecho de hacer efectiva la retención con la mera notificación del tribunal a las AFP, soluciona el problema que tienen los Juzgados de Familia para ubicar a los deudores de pensiones alimenticias y poder notificarle de sus distintas resoluciones.
La nueva ley, además, establece que si la persona que realizó la solicitud no conoce cuál es la AFP del demando, entonces el tribunal deberá notificar de esta retención a todas las AFP del país, para cautelar el pago.
Asimismo, la nueva normativa permite que los jueces de familia puedan proceder de oficio, y retengan los dineros en todas aquellas causas, con deudas ya liquidadas, que tengan conocimiento, independiente de si el alimentario ingresó o no la solicitud en el Poder Judicial.
Estas medidas de retención tendrán valor durante todo el tiempo en que se mantengan las respectivas causas de familia abiertas, sin necesidad de renovación por parte del demandante.
- Además, la nueva normativa establece que las AFP tendrán la obligación de consultar a sus afiliados si tienen o no obligaciones alimentarias al momento de iniciar el trámite de retiro de fondos.