La Corte Internacional de Justicia de La Haya declaró al Silala como un río internacional, como lo había pedido Chile en su demanda ante Bolivia, y como también había reconocido en sus alegatos la contraparte boliviana.
El fallo estuvo marcado porque ambas partes coincidieron en ciertos puntos y no hubo posiciones contrarias, por ejemplo, en el que ambos países tienen derecho al uso razonable y equitativo de las partes.
Según la experta en derecho internacional Paz Zárate la idea central del fallo es que ambas partes tienen la obligación de gestionar de una manera equitativa el curso del río y que este se mantenga limpio y, para eso, los países se deben consultar respecto de acciones a aplicar.
“Significa que esto fue bien pensado, que Chile demandara, porque motivó que Bolivia fuera cambiando”, dijo Zárate, quien explicó que el fallo le da la razón a Chile porque Bolivia se la dio en el proceso del juicio.
“El fallo de la corte favorece a Chile. Pero este triunfo de Chile no viene del texto del fallo, sino de la estrategia de haber demandado, forzando entonces a Bolivia a allanarse a varios aspectos, achicando la disputa, en el curso del juicio”, explicó.
“Es un empate en el caso que en la contrademanda boliviana la corte hace lo mismo. Dice que en los dos primeros puntos ha habido un allanamiento por parte de Chile y no hay una disputa por la que tenga que pronunciarse”, añadió.
Chile demandó a Bolivia en 2016 para anticiparse a Bolivia, luego de los distintos emplazamientos del gobierno boliviano de esa época, encabezado por Evo Morales, que había dicho que presentaría una demanda ante La Haya por el mismo tema.