La Corte Internacional de Justicia de La Haya declaró al Silala como un río internacional, como lo había pedido Chile en su demanda ante Bolivia, y como también había reconocido en sus alegatos la contraparte boliviana.

El fallo estuvo marcado porque ambas partes coincidieron en ciertos puntos y no hubo posiciones contrarias, por ejemplo, en el que ambos países tienen derecho al uso razonable y equitativo de las partes.

Según la experta en derecho internacional Paz Zárate la idea central del fallo es que ambas partes tienen la obligación de gestionar de una manera equitativa el curso del río y que este se mantenga limpio y, para eso, los países se deben consultar respecto de acciones a aplicar.

Significa que esto fue bien pensado, que Chile demandara, porque motivó que Bolivia fuera cambiando”, dijo Zárate.

Fue en 2016 cuando Chile ingresó una demanda ante la CIJ para que se declarara al Silala como un río internacional y se estableciera que el uso de sus aguas debe ser equitativo y razonable entre Chile y Bolivia.

En nuestro país han dicho que la demanda fue en respuesta y para anticiparse a Bolivia, luego de los distintos emplazamientos del gobierno boliviano de esa época, encabezado por Evo Morales, que había dicho que presentaría una demanda ante La Haya por el mismo tema.

El fallo de la corte

En el grueso de la demanda, la corte explicó que durante los alegatos ambas partes mostraron posiciones que no fueron del todo contrarias y Bolivia, se allanó por ejemplo, a reconocer que el Silala era un río internacional, como también a que ambos países tienen derecho a un uso razonable y equitativo de sus aguas.

En la demanda de Chile, la corte no se pronunció sobre cuatro de los cinco puntos porque había entendimiento entre ambos países, mientras que el último, en el que nuestro país pedía que Bolivia debía notificarlo sobre daños al río, lo rechazó al considerar que las acciones tomadas por Bolivia no consideraron un daño sensible al río, en sus planes de instalar plantas de embotellamiento y piscicultura.

En su contrademanda, uno de los principales argumentos de Bolivia era que en 1928 se construyeron canales por parte de la empresa de capitales británicos Ferrocarriles Antofagasta Bolivia, los que desviaban el curso de las aguas del Silala de manera artificial hacia Chile, lo que haría que llegue entre un 13 y un 30 por ciento más de flujo de agua a Chile.

En este punto, la corte consideró que las acequias no afectan el flujo del río y que no existen dos flujos.

De todos modos, el tribunal explicó que hubo acuerdo, por allanamiento de las partes, de que las acequias pueden desinstalarse, pero al mismo tiempo subraya las obligaciones de consulta, notificar y cooperación entre las partes de acciones respecto al río para evitar los riesgos de daño ambiental.

Qué importancia tiene el Silala

El Silala es un pequeño río de solo diez kilómetros de largo por un metro de ancho. Nace en Bolivia, a cuatro kilómetros de la frontera con Chile y se extiende por otros seis kilómetros en nuestro país, específicamente en la región de Antofagasta.

El torrente entrega 170 litros de agua por segundo y en Chile su uso es principalmente industrial. Ximena Fuentes, agente de Chile ante La Haya, explicó que el 37 por ciento de las aguas tienen como destino el consumo humano y el resto en procesos industriales.

Con su demanda, Chile buscaba que se declare al río Silala como un río internacional, que se establezca que el uso de sus aguas debe ser equitativo y razonable, que se ratifique que el uso que le ha dado Chile a las aguas cumple precisamente con la regla anterior, y que si Bolivia Utiliza las aguas del río, deba notificar a nuestro país.

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