La Sala del Senado aprobó, la tarde de este jueves, el proyecto de Ley Antiterrorista dando paso al segundo trámite constitucional en la Cámara de Diputadas y Diputados.

Tras la aprobación y despacho del proyecto, la ministra del Interior, Carolina Tohá, señaló que la propuesta "se despachó con un amplio acuerdo de oficialismo y oposición, de todo el espectro político".

"Es una propuesta de ley democrática, moderna, que incorpora las mejores prácticas a nivel internacional y que se hace cargo de la realidad chilena, de la experiencia que hemos tenido en Chile, de los desafíos que hemos enfrentado en esta materia", añadió.

Junto con eso, Tohá afirmó que "hay un esfuerzo por dejar atrás años y décadas de predominio de falta de acuerdos, de la polémica por sobre la solución, acá se está buscando una solución con una ley que sea funcional, efectiva, que permita perseguir las distintas modalidades de terrorismo que se enfrentan en el mundo y en Chile y que además tenga la característica de ser plenamente respetuosa del Estado de Derecho y de una democracia en forma como queremos tener en Chile", apuntó.

¿Qué busca la Ley Antiterrorista?

Este proyecto busca modernizar la normativa antiterrorista con el propósito de superar los diferentes obstáculos que se han evidenciado en el último tiempo y que han impedido su aplicación eficiente y oportuna.

Para ello, sanciona la asociación terrorista, establece delitos específicos y penas acordes al grado de implicación en la organización, se contempla el delito terrorista individual conexo e inconexo (lobo solitario); facultades investigativas especiales y cambio de jurisdicción en casos de alta complejidad, entre otras medidas.

El proyecto sanciona, con presidio mayor en su grado mínimo (de 5 años y un día a 10 años), a toda persona que participe de una asociación terrorista. Junto con eso, determina penas agravadas según sea la función que se cumpla dentro de la asociación terrorista: sea como reclutador, fundador, financista o jefe de la asociación.

Definiciones

En la iniciativa se define terrorista como toda organización de 3 o más personas, con acción sostenida en el tiempo, que tuviere entre sus fines socavar o desestabilizar las estructuras políticas, sociales o económicas del Estado democrático; inhabilitar o afectar gravemente la infraestructura crítica, cuando su inhabilitación pueda producir pérdida de vidas o daños a la integridad física o salud de la población; imponer o inhibir alguna decisión a una autoridad del Estado; o bien cuando por los métodos previstos para su perpetración o efectivamente utilizados, esos delitos tuvieren la aptitud para someter o desmoralizar a la población civil o a una parte de ella; o bien pudieren producir u originar en la población temor generalizado.

Señala que se comete un delito terrorista, aun cuando no se forme parte de una asociación terrorista, cuando los delitos sean perpetrados con alguna de las siguientes finalidades:

  • Socavar o desestabilizar las estructuras políticas, sociales o económicas del Estado.
  • Imponer o inhibir alguna decisión a una autoridad del Estado.
  • Someter o desmoralizar a la población civil o a una parte de ella.

En el caso que la perpetración de un delito que tenga el carácter de terrorista sea cometido por un empleado público en el desempeño de su cargo, deberá aplicársele la pena correspondiente, aumentada en un grado y la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos.

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