La sentencia. El 26 de abril de 2019, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique condenó a Teófilo Mamani García como autor de malversación de caudales públicos y lo sentenció a cinco años de inhabilitación especial temporal para ejercer su cargo y a pagar una multa del 50% del monto sustraído, esto era, $2,4 millones.
- En un fallo unánime, condenó también al exfuncionario municipal Milano Calle Llave por el mismo delito y a la misma inhabilidad para ejercer cargos públicos, pero con una multa más baja (de $480 mil).
- El delito por el que Mamani fue condenado se remonta al 17 de octubre de 2014, cuando cumplía su segundo período como alcalde de RN (estuvo en el cargo entre 2008 y 2016).
- Según estableció la sentencia, “el 17 de octubre de 2014, cerca de las 13:30 horas, en un terreno ubicado a orillas de la Ruta A-16 y colindante con la Azufrera, de la comuna de Alto Hospicio, perteneciente al Fisco de Chile, que se encontraba otorgado en arriendo a Teófilo Pedro Mamani García, quien en ese momento era el alcalde de la comuna de Colchane, fue sorprendido utilizando para su uso personal y diferente para el cual estaba destinado el cargador frontal marca Caterpillar (…), de propiedad de la Ilustre Municipalidad de Colchane”.
- “(El vehículo) era conducido por el funcionario municipal Milano Calle Llave, quien se encontraba usando tal maquinaria sacando tierra desde el cerro y cargándola en un camión Tolva, marca Volvo (…), inscrito a nombre de la empresa Transportes De y De limitada”.
- “(Lo anterior) se repitió en varias oportunidades, siendo sorprendido por tres concejales de la comuna de Colchane, quienes dieron cuenta a Carabineros, determinándose que el perjuicio fiscal alcanzó a la suma de $4.800.000, correspondiente a los 5 días que la maquinaria municipal estuvo fuera de la Ilustre Municipalidad de Colchane y a disposición de los enjuiciados”.
Su defensa. Mamani declaró que “lo que ocurrió el 17 de octubre de 2014 no tiene ribetes delictuales, ya que los vehículos municipales deben ser sometidos a revisión, y debía realizarse la mantención de este cargador frontal en la empresa Caterpillar”.
- Según testificó. “el vehículo debía someterse a ella después de haber cumplido ciertas horas de trabajo, siendo trasladado en un camión de cama baja, quedando la maquinaria en poder de la empresa Finning para realizar tales trabajos y al terminar el coimputado Calle lo retiró, sin tener claridad si el camión de cama baja estuviera disponible”.
- “(Esto lo hizo) por su cuenta y sin conocimiento de su defendido, trasladando la máquina al terreno de su representado, afirmando que ese día se estaba aplanando el terreno para poder cargar la máquina en el camión de cama sin problemas, agregando que no se acreditará en qué momento su defendido dio la orden para realizar esta labor y tampoco que dio una orden a su subalterno de realizar el movimiento de tierras”.
- El tribunal descartó su argumentación y lo condenó, sentencia que quedó a firme el 7 de mayo de 2019.
- Por otra parte, este lunes el alcalde saliente sufrió un accidente carretero. El vehículo volcó y su pronóstico es reservado.