La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el informe de la Comisión Mixta sobre el proyecto que permite que las Fuerzas Armadas protejan infraestructura crítica en el país, por lo que la iniciativa fue despachada a Ley.
Durante este jueves, la Sala de la Cámara Baja visó el informe por 110 votos a favor, 6 en contra y 6 abstenciones.
La iniciativa permite que las Fuerzas Armadas resguarden la infraestructura crítica del país en caso de un peligro grave o inminente y, además, permite que se pueda colaborar en el control de las fronteras.
Tras su paso por la Comisión Mixta, se acordó que desde febrero próximo se conformen dos mesas técnicas para analizar los lineamientos de la futura Ley sobre reglas de uso de la fuerza, cuya propuesta se enviaría al Congreso con calificación de suma urgencia en la primera semana de abril.
Además, se desarrollará una propuesta sobre las capacidades especializadas para las policías y las Fuerzas Armadas para la protección de las fronteras. Este trabajo concluiría en la segunda quincena de mayo y constituirá la base para el proyecto de Ley o decreto respectivo.
En específico, la norma faculta al Presidente de la República a concretar, a través de un decreto supremo fundado -y suscrito por los ministro de Interior y de Defensa Nacional- que se encargue a las Fuerzas Armadas la protección de la infraestructura crítica del país cuando exista peligro grave o inminente.
La infraestructura crítica comprende al "conjunto de instalaciones, sistemas físicos o servicios esenciales y de utilidad pública" y a aquellas cuya afectación cause grave daño a la salud o al abastecimiento de la población, la actividad económica esencial, al medioambiente o a la seguridad del país.
A la vez, se entenderá por infraestructura crítica a aquella "indispensable para la generación, transmisión, transporte, producción, almacenamiento y distribución de los servicios e insumos básicos para la población".
Será un oficial de las Fuerzas Armadas quien tendrá el mando de éstas y de las Orden y Seguridad Pública dispuestas para el fin. Además, los jefes designados para el mando de las Fuerzas tendrán la responsabilidad de resguardar el orden público en las áreas determinadas.
El ejercicio de esta atribución no implicará la suspensión, restricción o limitación de derechos y garantías constitucionales, así como tampoco las referidas en tratados internacionales sobre Derechos Humanos ratificados por Chile.
La medida podrá extenderse por un plazo máximo de 90 días, pero podrá prorrogarse por iguales periodos con el acuerdo del Congreso Nacional.
Por otra parte, también se faculta al Presidente de la República a definir las atribuciones y deberes de las Fuerzas Armadas para el resguardo de las áreas de zonas fronterizas, lo cual será vía decreto y tendrá un plazo de tres meses.
Las disposiciones solo otorgarán atribuciones para controles de identidad y registros en áreas de zonas fronterizas delimitadas; y para la detención destinada a poner a las personas a disposición de la policía.