Este miércoles la Cámara de Diputados despachó el proyecto de agenda corta antidelincuencia, que busca hacer efectiva la aplicación de las penas contempladas para los delitos de robo, hurto y receptación. 

En el marco de esta iniciativa, se respaldó la norma que establece la facultad de las policías de realizar un control preventivo de identidad. Este control se debe realizar en el mismo lugar en que se encuentren las personas y no procederá su traslado a las unidades policiales.

Además, este control de identidad estará limitado y no existirá registro de vestimenta ni bolsos sino solo la verificación de la existencia de órdenes cautelares o judiciales pendientes, para lo cual la persona deberá exhibir un documento de identificación: carnet de identidad, licencia de conducir o pasaporte. 

¿Cómo opera el control preventivo de identidad?

  • Los funcionarios policiales podrán controlar la identidad de cualquier persona en el lugar en que se encuentre, a través de cédula de identidad, licencia de conducir y pasaporte. El funcionario policial deberá otorgar a la persona las facilidades para identificarse.
  • Se deberán respetar la igualdad de trato y no discriminación arbitraria.
  • Los funcionarios policiales deberán exhibir su placa e identificarse. Si la persona se niega a acreditar su identidad o no le es posible hacerlo, la policía la conducirá a la unidad policial más cercana para fines de identificación.
  • El procedimiento en total no deberá extenderse por más de cuatro horas. Luego la persona será puesta en libertad, salvo que tenga órdenes de detención pendiente, en cuyo caso será detenida.
  • Las policías deberán elaborar un procedimiento estandarizado de reclamo para las personas que estimen que el procedimiento haya sido arbitrario. La estadística de estos reclamos se publicará bimensualmente en la página web de los organismos judiciales y se enviará al Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
  • También se publicará semestralmente el número de controles de identidad.
  • Además, las policías deberán dar cuenta, a lo menos semestralmente, al Ministerio del Interior y Seguridad Pública acerca de la frecuencia y lugares en que se concentra la mayor cantidad de controles de identidad por sexo, edad y nacionalidad, e informar la cantidad de detenciones por flagrancia según tipo de delito.

El texto legal además aumenta las penas asignadas al delito de lesiones graves en contra de los funcionarios policiales y de gendarmería, sobre todo cuando estas lesiones tienen consecuencias como la castración o mutilación. 

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