Por Carlos Agurto

El proyecto de reforma laboral estaría en condiciones de ser promulgado en los próximos días luego de que el Tribunal Constitucional (TC) culminara su revisión obligatoria de constitucionalidad, proceso en el cual decidió eliminar el concepto “sindicato” de uno de sus artículos.

El fallo, publicado esta tarde por el TC,  revela que en el artículo 402 del proyecto, referido a la “Reclamación de la determinación de las empresas sin derecho a huelga”, dicho tribunal declaró inconstitucional la palabra “sindicatos”.

“La disposición analizada reduce a los sindicatos dicho derecho, lo que es coincidente con la idea de titularidad sindical en materia de negociación colectiva, la cual, como ya lo ha señalado este Tribunal, es incompatible con la Constitución”, añadió el fallo.

Por consiguiente, el TC definió que el texto definitivo de la norma será el siguiente: “Artículo 402.- Reclamación de la determinación de las empresas sin derecho a huelga. El reclamo se deducirá por la empresa o los afectados, ante la Corte de Apelaciones de Santiago o la del lugar donde se encuentre domiciliado el reclamante”.

Conocedores del proyecto de reforma laboral al interior del gobierno comentan a T13.cl que la eliminación del concepto "sindicato" de dicho artículo deja entregada la titularidad de la acción judicial a las empresas y otros afectados, lo que incluye a los sindicatos. “Es un tema muy residual, la verdad, sin importancia real respecto del proyecto en su totalidad”, dicen.

El tribunal además revisó otros 10 artículos del proyecto, declarándolos “constitucionales”, mientras que 16 artículos no fueron objeto de control por no ser de Ley Orgánica Constitucional (LOC), según los ministros Carlos Carmona, Marisol Peña, Gonzalo García, Domingo Hernández y Nelson Pozo.

De esta forma, el proyecto será devuelto a la Cámara de Diputados para que se realice el ajuste a la norma modificada, para luego ser remitido al Ejecutivo. Luego de ese trámite, el articulado estaría en condiciones de ser promulgado en un plazo máximo de 10 días.

Desde el Ministerio del Trabajo enviaron un comunicado en que reconocen que acatarán el fallo que declara este proyecto de ley como constitucional, "poniendo término a la tramitación legislativa iniciada el 29 de diciembre de 2014".

Por lo anterior, "hacemos un llamado para que trabajadores y empleadores en conjunto con el gobierno, implementemos estos cambios en pos de mejores relaciones laborales en nuestro país", concluyó el escrito.

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