El pago anual del Bono al Trabajo de la Mujer, también conocido como Bono Mujer Trabajadora, se realizará en agosto de este año y corresponderá a la renta recibida por las beneficiadas en 2023.
Existen dos maneras de recibir el beneficio: anual y mensual. Respecto al último, se realizará el próximo 30 de agosto y corresponderá a la renta de mayo 2024.
En cambio, el depósito del pago anual. Eso sí, esta opción cuenta con ciertas restricciones: no está sujeto a la devolución del dinero y se realiza una vez al año. Esto de acuerdo a las rentas percibidas el año anterior que especificó la beneficiaria (de enero a diciembre).
¿Cuánto dinero corresponde al Bono Mujer Trabajadora?
Según lo que detallan en Sence, el monto variará según la elección del pago: si es anual o mensual.
El cálculo se realiza de la siguiente manera:
Revisa con tu RUT si te corresponde el Bono Mujer Trabajadora
El Sence aún no ha especificado qué día depositarán el Bono Mujer Trabajadora, pero desde ChileAtiende detallan que se realizará en agosto de este año, correspondiente a las rentas del 2023.
Para comprobar si te corresponde la ayuda monetaria entregada por el Estado, deberás ingresar al sitio del validador de requisitos del Sence. Para acceder a la página, puedes hacerlo pulsando en el siguiente enlace >>AQUÍ<<.
Ya en el sitio, deberás rellenar el formulario con tu RUT y oprimir en "Validar".
La página web detallará si cumples con los requisitos para obtener la ayuda monetaria: indicará si tienes género femenino, la edad que corresponde y si el RUT ingresado está inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH).
Requisitos para optar al Bono al Trabajo de la Mujer:
- Tener entre 25 y 59 años (y 11 meses).
- Trabajar de forma dependiente o independiente.
- Estar en el 40% de las familias más vulnerables de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH).
- Recibir una renta bruta mensual inferior a $606.537 o renta bruta anual interior a $7.278.446.
- Tener cotizaciones al día.
- No trabajar en una institución del Estado, incluyendo municipios, o en una empresa privada con aporte estatal igual o superior al 50%.
- No recibir el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG).
- Trabajadoras independientes deben emitir boletas de honorarios y realizar el proceso de Declaración de Renta del SII.