La Superintendencia de Educación dio a conocer un nuevo antecedente de cara al retorno presencial de clases a los colegios.

La institución emitió un dictamen que recalca la obligación para que los recintos educacionales proporcionen sus servicios de forma presencial y no de forma remota.

De acuerdo al Dictamen N°58 emitido por la Superintendencia, "la modalidad natural de prestación del servicio educativo es la presencialidad, y solo excepcionalmente durante el año 2020, se aceptó y reconoció la prestación del servicia vía remota".

El documento señala que "si bien el aprendizaje ha posibilitado a los niños, niñas y adolescentes seguir aprendiendo en las condiciones excepcionales que hemos experimentado, se ha podido evidenciar que la presencialidad no ha podido ser reemplazada por la modalidad remota, en cuanto a lo que aprendizajes y desarrollo emocional se refiere".

Del mismo modo, la circular indica que "todos los establecimientos que prestan servicios educacionales deberán encontrarse abiertos de manera tal que, presentándose algún párvulo o alumno que requiera la prestación del servicio educacional en modalidad presencial, pueda acceder a él de manera regular y sin inconvenientes de ninguna naturaleza".

Puedes revisar el documento a continuación:

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