El pasado viernes, el Gobierno confirmó que desistió de la adquisición de la residencia del expresidente Salvador Allende, luego de que se diera a conocer que la ministra de Defensa, Maya Fernández, es copropietaria del inmueble.

La ley prohíbe expresamente que los ministros puedan celebrar contratos con el Estado, por lo que “debido a la actual estructura de copropiedad de la comunidad de herederos del expresidente Allende, se ha determinado que no es posible concretar la adquisición de la residencia del exmandatario”.

Fue el pasado martes 31 de diciembre cuando el Gobierno anunció que buscaban comprar las residencias de los expresidentes Salvador Allende y Patricio Aylwin con el fin de convertirlas en casas-museos.

Revelan detalles del contrato de compraventa de la casa de Salvador Allende

La Tercera reveló que el 5 de septiembre de 2024, la directora del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, del Ministerio de las Culturas, activó las gestiones para la compra de la casa del expresidente Salvador Allende.

En concreto, el contrato de compra venta fue firmado el 30 de diciembre en la 50° Notaría Claudia Gómez Lucares, a dos cuadras de La Moneda.

El documento dice que los propietarios son: Carmen Paz Allende Bussi, María Isabel Allende Bussi, Maya Alejandra Fernández Allende y Alejandro Salvador Fernández Allende, representados por Felipe Vio Lyon. Mientras que, la abogada Carol Castro fue por parte de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales.

“Carmen Paz Allende Bussi, María Isabel Allende Bussi, Maya Alejandra Fernández Allende y Alejandro Salvador Fernández Allende, son dueños de derechos respecto de un inmueble ubicado en calle Guardia Vieja, número trescientos noventa y dos, antes calle Costa, comuna de Providencia, provincia de Santiago, Región Metropolitana; inscrito a nombre de los vendedores individualizados previamente”, dice el escrito.

“El precio de venta del inmueble es la cantidad de 24.291,72 UF, equivalentes al valor vigente que tenga la Unidad de Fomento al momento de suscripción de la escritura pública de compraventa, una vez que ésta haya sido firmada”, agrega el documento.

Además, la abogada de la Seremi dejó el documento por el pago al contado del inmueble. “La parte compradora paga el precio de venta en este acto al contado a la parte vendedora, quien declara recibir a su entera satisfacción y en consecuencia declara íntegramente pagado el precio de la compraventa”, agrega.

“Suscrito el contrato de compraventa, éste deberá ser aprobado mediante el acto administrativo correspondiente. Se deja constancia que la inscripción en Conservador de Bienes Raíces competente de la presenta escritura de compraventa, queda sujeta a la condición de que el acto aprobatorio del presente contrato, se encuentre totalmente tramitado”, dice el escrito.

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