Con la llegada de mayo parte la restricción vehicular, medida que es parte del Plan de Gestión de Episodios Crítico.
Específicamente, la iniciativa va desde el 1 de mayo hasta el 31 de agosto. Dentro de estas fechas regirá el período de restricción vehicular para los motorizados que circulen por la Región Metropolitana.
La medida forma parte del Plan de Gestión de Episodios Críticos del Ministerio de Medio Ambiente e impide que ciertos vehículos -bajo determinadas circunstancias- circulen por la ciudad para disminuir la contaminación.
El calendario fue informado por el Ministerio de Transportes y afecta a los vehículos catalíticos con sello verde que fueron inscritos antes del 1 de septiembre de 2011. También para las motos inscritas antes de 2010.
Los vehículos con restricción no podrán circular por la provincia de Santiago ni las comunas de Puente Alto y San Bernardo entre las 7:30 y las 21 horas del día en cuestión.
Restricción vehicular para este miércoles 10 de julio
Para este miércoles 10 de julio, la restricción vehicular corresponde, según el último dígito de la placa patente, a 8 y 9.
La medida abarca desde las 7.30 horas hasta las 21.00. Además, se incluye a los automóviles, station wagons y similares, inscritos antes del 1 de septiembre de 2011.
Desde el 1 de mayo al 31 de agosto la restricción vehicular regirá entre lunes y viernes, de 07:30 a 21 horas de la siguiente manera.
- Lunes: restricción dígitos 4 y 5
- Martes: restricción dígitos 6 y 7
- Miércoles: restricción dígitos 8 y 9
- Jueves: restricción 0 y 1
- Viernes: restricción 2 y 3
Ojo con los no catalíticos
Para el caso de los vehículos no catalíticos, no podrán ingresar ningún día al Anillo Américo Vespucio. Además, se aplicará una restricción de cuatro dígitos por día para el resto de la provincia de Santiago y las comunas de San Bernardo y Puente Alto.
Para este miércoles 10 de julio, los vehículos sin catalizador y sin sello verde, y motocicletas anteriores al 2002, no podrán circular con patentes terminadas en 2, 3, 4 y 5.
Al igual que en años anteriores, los vehículos de Carabineros, PDI, Bomberos, Gendarmería, ambulancias fiscales o de instituciones particulares quedan exentos de la medida. A este grupo, este año se suman personas, tutores legales o padres de personas dentro del Trastorno del Espectro Autista.
Quien solicite acogerse a la excepción TEA, deberán obtener autorización previa de la Secretaría Regional Ministerial. El documento y formato de estas exenciones será publicado en el mini sitio de la medida habilitado en la página del MTT.