Desde el próximo sábado 19 de octubre, comenzará a regir una normativa establece que la publicidad luminosa no podrá estar encendida durante la noche.

En concreto, avisos y letreros que cuentan con luz deberán ser apagados durante siete horas. Además, alumbrado ornamental y decorativo, fachadas de edificios, monumentos, estatuas, etcétera, también deberán cumplir con la normativa.

La Ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas, explicó a Lun que “la norma permitirá mejorar nuestra iluminación, reduciendo el impacto en la astronomía, la salud humana y la biodiversidad”.

“Se fijan límites de luminosidad, horarios para el funcionamiento de pantallas publicitarias y focos en recintos deportivos. Además, se promueve la transición hacia el uso de luz cálida, sin sacrificar la sensación de seguridad que otorga el alumbrado público”, agregó.

¿A que hora deberá estar apagada la publicidad luminosa?

Por su parte, la superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, recalcó que las pantallas LED afectaban el ciclo del sueño y podía desencadenar enfermedades en quienes vivían más cerca. “Esta norma busca mejorar esos aspectos para quienes habitamos en la ciudad”, manifestó.

La publicidad luminosa deberá estar apagada entre las 00:00 y las 07:00 horas.

Esta normativa se implementará de manera gradual en el país y debería estar completamente en vigor en octubre de 2026. Además, habrá equipos de fiscalización y en caso de no cumplir con la norma, los dueños de carteles LED arriesgan multas.

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